La Cámara Uruguaya de Couriers emitió un comunicado expresando su “profunda preocupación” por la “falta de definiciones claras y los cambios constantes” en la aplicación de la nueva normativa sobre compras online bajo el régimen de franquicias, que comenzó a regir recientemente en el país.

Hasta ahora, el régimen de franquicias habilitaba realizar tres compras anuales de hasta US$ 200 cada una, con un máximo de US$ 600 por año, sin abonar tributos. Con el decreto nº 50/026, ese límite anual se amplía a US$ 800, manteniéndose la cantidad de operaciones permitidas. La principal novedad es que ese monto podrá utilizarse en una sola compra, sin necesidad de repartirlo.

El cambio sustancial es que estas adquisiciones dejan de estar exentas del Impuesto al Valor Agregado (IVA): desde el 1° de mayo comenzará a aplicarse el IVA (22 %) sobre el valor de cada compra en aquellos países con los que Uruguay no tiene acuerdos comerciales internacionales. Por ejemplo, todas las comercializaciones hechas a través de Temu. 

Mediante un comunicado, la gremial advirtió que estas modificaciones generan una incertidumbre que no solo afecta al sector logístico, sino también a “miles de uruguayos que organizan sus compras, comparan precios y planifican su economía doméstica” en torno a ese beneficio.

Las únicas compras que no están sujetas a la aplicación del IVA son las que se realizan en Estados Unidos (EE. UU.), ya que Uruguay y ese país firmaron en 2008 el Acuerdo Marco sobre Comercio e Inversión (TIFA). No obstante, este es uno de los puntos más cuestionados por la Cámara.

Según los operadores postales, las condiciones exigidas para la exoneración del IVA a las compras de EE. UU. vuelven ese beneficio “de muy difícil aplicación” en la práctica. En particular, señalaron que se requiere que los vendedores del exterior se registren formalmente en Uruguay, ya sea mediante trámites presenciales o a través de representantes locales, algo que consideran inviable para la mayoría de los comercios internacionales.

En ese contexto, sostienen que se genera una situación en la que el beneficio existe en términos normativos, pero enfrenta serios obstáculos para ser utilizado efectivamente por los usuarios. “No se trata únicamente de un aspecto técnico”, subraya el comunicado, sino de una problemática que impacta directamente en consumidores que buscan optimizar sus gastos y acceder a mejores opciones de compra.

“Desde la Cámara entendemos que toda regulación debe brindar certezas, ser operativamente aplicable y contemplar su impacto en el ciudadano. Por este motivo, hemos solicitado con carácter urgente una instancia de diálogo con la Dirección Nacional de Aduanas y el Ministerio de Economía y Finanzas”, concluye el comunicado.

Además, la gremial pidió la postergación de la entrada en vigencia del decreto 50/2026 hasta que existan condiciones “claras, viables y equitativas” para todos los actores involucrados.

Tiendamía pica en punta

La Dirección Nacional de Aduanas señaló que la plataforma Tiendamía “completó el procedimiento previsto” en la resolución, por lo que “tiene la posibilidad” de que sus clientes accedan a la exoneración del IVA.

En esa línea, el sitio ya incorporó un apartado específico sobre el nuevo régimen de franquicias. “Ahora sí, tus compras de Estados Unidos hasta US$ 800 sin IVA y sin impuestos”, destaca en su página.

Además, la empresa dispuso una sección explicativa para orientar a los usuarios sobre el funcionamiento del sistema, detallando en qué situaciones corresponde abonar el impuesto. “Depende del origen: si tu producto tiene origen EE. UU., sin IVA; si tu producto tiene otro origen, paga IVA”, indica la tienda. Sobre el primer caso, precisa que Tiendamía “cumple con el registro solicitado” por Aduanas e incluye un enlace al comunicado difundido por el organismo.