Contenido creado por Nicolás Delgado
Política

Dentro de la ley todo

Unidad de Acceso a Información pidió a Defensa que justifique reserva de actas militares

Dice que “la resolución no se encuentra debidamente motivada y no ha expuesto la prueba de daño”. El ministerio respondió este miércoles.

24.11.2021 17:20

Lectura: 6'

2021-11-24T17:20:00-03:00
Compartir en

Por Nicolás Delgado

La Unidad de Acceso a Información Pública (UAIP) pidió al Ministerio de Defensa Nacional que argumente por qué resolvió clasificar por 15 años como “información reservada” las actuaciones del Tribunal de Honor del teniente coronel en situación de retiro Armando Méndez Caban, quien, un mes después de la resolución, fuera procesado con prisión por el homicidio muy especialmente agravado de Gerardo Alter en 1973, en calidad de presunto coautor penalmente responsable.

Fuentes del Defensa informaron a Montevideo Portal que la cartera respondió este miércoles la solicitud, aunque no dieron detalles sobre el contenido de la contestación.

“La Unidad observó que la resolución enviada no se encuentra debidamente motivada, ya que se omite señalar el literal del artículo 9° [de la ley N° 18.381] en que se funda la reserva y no ha expuesto la prueba de daño que exige la norma”, expresa la UIAP en respuesta a una consulta realizada por el diputado Gerardo Núñez, del Frente Amplio, quien integra la Comisión de Defensa de la Cámara de Representantes y cuestionó al ministro Javier García por reservar estas actas.

Además, la UIAP asegura que el ministerio entregó fuera de plazo el expediente a esa unidad, lo que incumple con lo establecido en el artículo 9 de la misma ley -aprobada en 2008-, la que legisla sobre el derecho de acceso a la información pública.

El artículo 9 de la citada ley establece lo siguiente: “Excepcionalmente, la información podrá clasificarse como reservada en el momento en que se reciba una solicitud de acceso a la misma. En este caso, la resolución fundada que disponga la clasificación de la información deberá remitirse en el plazo de cinco días hábiles a la Unidad de Acceso a la Información Pública, la que en ejercicio de su cometido de control, solicitará al sujeto obligado su desclasificación si la misma no se ajustare a lo dispuesto en el presente artículo. En cualquier caso, el plazo de reserva comenzará a computarse a partir de que la información pudo ser clasificada”.

Además, agrega que “en todo momento, la Unidad de Acceso a la Información Pública podrá tener acceso a la información clasificada para evaluar la regularidad de su clasificación”.

En cuanto a este punto, la UAIP informa que “el Ministerio de Defensa Nacional (MDN) envía a esta Unidad, con fecha 4 de noviembre, la resolución N° 77105 de 17 de setiembre de 2021, mediante la cual se declara reservada en forma completa la información solicitada por la Asociación de Madres y Familiares de Detenidos Desparecidos, sobre el Tribunal de Honor realizado al Teniente Coronel en situación de retiro Armando Méndez Caban”; y alerta que, “como se observa, el plazo previsto en el artículo 9° de la Ley para el envío no se ha cumplido en esta ocasión”.

En definitiva, Defensa tenía cinco días hábiles para enviar la información a la UIAP, como indica la ley, y la envió un mes y medio después y sin la justificación ni las pruebas correspondientes.

Debido a estos incumplimientos, “la Unidad en el marco de sus competencias y atribuciones dio vista al organismo del expediente iniciado y le otorga un plazo de 5 días hábiles, a efectos de que fundamente adecuadamente la reserva indicando cuál es la prueba de daño correspondiente y cuál es la causal específica en que se funda”, expresa la respuesta enviada el viernes al diputado comunista, a la que accedió Montevideo Portal.

Por último, la UIAP, una unidad que está en la órbita de la Agencia de Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información y del Conocimiento (Agesic), responde que, “como se indica en el Informe N° 76, la resolución enviada por el MDN se ampara en el artículo 9° de la Ley que establece una serie de causales enumeradas de forma taxativa”, pero “el acto administrativo no cita ninguna causal específica para fundamentar la reserva total de la información”.

“Debido a ello tampoco consta la prueba de daño que la Ley impone a efectos de ponderar en forma adecuada la limitación del derecho de acceso”, advierte.

“En definitiva, a criterio de esta Unidad no se cumple con los requerimientos establecidos en el artículo 25 del decreto 232/010 referidos a los elementos objetivos que permitan determinar la expectativa razonable de un daño al interés público protegido, razón por la cual se le otorgó el plazo referido para que el sujeto obligado de cumplimiento a dichos extremos”, concluye.

La explicación del ministro

En octubre, horas después de que Montevideo Portal informara sobre la reserva de estas actas, el ministro García dijo a Telenoche que este Tribunal de Honor no estaba vinculado a Derechos Humanos sino a cuestiones comerciales.

“Tribunales de Honor hay de muchas características. Los hay por deuda entre oficiales, de 1980-1990. Los hay por problemas comerciales y este es por un tema comercial. Los hay por opción de género, por infidelidades. Me parece que sería una cosa que no corresponde. Un Tribunal de Honor, que ya no existen más, ahora están los Tribunales de Ética, que se hacían en virtud de cánones de otras épocas vinculados a temas personalísimos. Yo no tengo derecho, porque tengo que protegerlo a usted por un tema que es vinculado a su opción sexual o a su vida familiar. No corresponde que yo lo divulgue”, dijo el ministro entonces.

El semanario Brecha informó días más tarde, el viernes 29 de octubre, que el expediente reservado trataba sobre el llamado “Operativo Conserva”, un acto de corrupción cometido por militares y civiles en dictadura. Además, aseguró que esas actas ya habían sido difundidas años atrás.

Méndez, el militar retirado en cuestión, fue por un breve lapso director nacional de Aduanas durante el gobierno del presidente Luis Alberto Lacalle. Luego, desarrolló una carrera empresarial hasta que fue procesado con prisión el 21 de octubre de este año.

Por Nicolás Delgado