La Justicia emitió un nuevo fallo intimando a la Intendencia de Rocha a cumplir la sentencia emitida por el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 3er Turno que dejaba sin efecto la resolución firmada por el intendente Alejo Umpiérrez que disponía la prohibición de realizar espectáculos públicos y bailes en los límites comprendidos entre los balnearios La Paloma y Santa Isabel. Esa resolución revocaba la autorización otorgada en 2021 al boliche Alma de La Pedrera, que recurrió en un primer momento al Poder Judicial.

Umpiérrez habló con Montevideo Portal y alegó que a pesar de la intimación judicial y de que los organizadores manifestaron que abrirían el local, siguen sin la habilitación correspondiente.

“En los dos procesos de amparo se dijo que debíamos dejar sin efecto la resolución dictada por la Intendencia, en razón de que no tenía el aval de la Junta Departamental. En este proceso es donde se nos intima a habilitar la continuidad comercial, pero no se tiene el conocimiento ni se agregó información, por parte de quienes hoy intiman, de que cumplamos con un sentencia que no tiene contenido el decreto nuevo de la Junta, que es ley en el territorio”, sostuvo.

“Lo que hicimos es cumplir con la sentencia judicial, que decía que no tenía valor el decreto firmado por el intendente si no era pasado por la Junta Departamental y corroborado por ella”, dijo.

Expresó que los organizadores “lo saben públicamente” y que “ya están pasando al grado de empresarios inescrupulosos”.

“Lo que están queriendo armar es realmente una situación que va en dirección a una alteración del orden público”, sostuvo y añadió que la Intendencia fue amenazada, en una reunión con los empresarios, de que se iba a generar esa situación y que “iban a poner a los jóvenes en la puerta del local”.

“Alma no tiene habilitación municipal para funcionar. No puede abrir el negocio, porque lo haría en infracción y además, obviamente, con todo lo que significa las sanciones económicas. Insisten en esta actitud de azuzamiento a la opinión pública, obviamente que están también ante la eventualidad de cumplir normas penales. Porque también, la alteración del orden público bajo una amenaza de este estilo encaja perfectamente en la tipificación delictiva de asonada o de instigación pública a delinquir”, manifestó el jefe comunal.

Foto: Dante Fernández / FocoUy

Foto: Dante Fernández / FocoUy

“No lo van a abrir”, dijo remarcando que “no hay habilitación comercial” para realizar el baile en el predio sobre la Ruta 10 aledaño a La Pedrera. “Hay una norma departamental, que además la podían haber impugnado y no lo hicieron”.

“Hoy día existe una norma, con rango de ley en el departamento de Rocha, que está firme, que no fue impugnada en los plazos legales ni dentro de la Cámara ni por la firma de 1500 personas, que era otra posibilidad de impugnarla, de acuerdo a los mecanismos constitucionales. Entonces esa resolución tiene que ser acatada, es tan simple como eso”, puntualizó.

En respuesta a lo expresado por los organizadores del megaboliche, negó que la firmada por él sea “una resolución de ordenamiento territorial”.

“Es una resolución de actividades comerciales. Como se prohíbe poner un prostíbulo en una plaza o al lado de una iglesia, como se prohíbe instalar una industria adentro de un área urbana o no se permiten antenas de telefonía celular dentro de áreas urbanas en el caso de Rocha; esto es lo mismo, es una actividad comercial, se fijó un área específica para su desarrollo, en virtud de que, este tipo de actividades, junto con el carnaval de La Pedrera terminaron por destrozar a un balneario que queremos recuperar”, sostuvo.