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Economía

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Nuevo régimen de promoción de inversiones: los principales cambios de un decreto a otro

A partir del próximo domingo 1º de febrero entrará en vigor la nueva disposición del gobierno para incentivar proyectos en el país.

22.01.2026 15:47

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2026-01-22T15:47:00-03:00
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El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) anunció un nuevo decreto reglamentario que se aplicará en el régimen general de la Ley de Promoción de Inversiones, en disposiciones que regirán a partir del 1º de febrero. La normativa, difundida por la Comisión de Aplicación de la Ley de Inversiones (Comap), busca incentivar proyectos de inversión con mayor impacto en empleo, productividad y desarrollo territorial.

En este sentido, la consultora KPMG elaboró un informe en el que repasa “los aspectos más salientes” del Decreto Nº 329/025 en comparación con el anterior, de 2020.

Inversiones elegibles

La empresa remarcó que el nuevo decreto establece que “la inversión elegible será aquella que contemple la adquisición de bienes destinados a integrar el activo fijo, siempre que estén directamente asociadas a los objetivos del proyecto, y que su uso sea directo y esencial para los objetivos comprometidos por el proyecto”. Por tanto, quedan “expresamente excluidos” aquellos bienes que —por sus características, tipología o valor— excedan “notoriamente” la actividad declarada en el proyecto, indica el documento.

“A su vez, será elegible el activo intangible (servicios profesionales y de software) que resulte imprescindible para la puesta en funcionamiento de los bienes muebles referidos”, detalla la consultora.

El valor unitario mínimo de los bienes muebles pasa de 500 unidades indexadas (UI) a 1.500 UI.

Los vehículos de pasajeros y utilitarios con motorización exclusivamente eléctrica para ser arrendados por las empresas cuya actividad principal consista en el arrendamiento de vehículos sin chofer o prestar servicios turísticos son expresamente mencionados como inversión elegible. Por lo tanto, deberán mantenerse en el activo fijo por el término de cuatro años a partir de su incorporación, asegura KPMG.

En el caso de proyectos de inversión evaluados en la órbita del Ministerio de Ganadería, se agrega como inversión elegible el recambio varietal con yemas certificadas según criterios vigentes por dicha cartera. También se incorpora la adquisición de reproductores vacunos y ovinos, embriones y semen para mejoras genéticas que participen en programas de evaluación genética.

Cronograma

A diferencia del decreto anterior, que admitía un cronograma de inversión de hasta 10 años, la nueva norma exige que ese plazo rija únicamente para los proyectos de más de 180 millones de UI —lo que se traduce en unos US$ 30 millones— por “razones debidamente fundadas”.

“Para los proyectos de menor monto, serán elegibles las inversiones ejecutadas a partir de la fecha de presentación de la solicitud de declaratoria promocional y por un plazo máximo de hasta 5 ejercicios”, continúa el reporte.

En el caso de inversiones ya ejecutadas al momento de la presentación del proyecto, serán computables en la medida que hayan sido realizadas dentro de los seis meses anteriores al primer día del mes de la solicitud, siempre que no superen el 20% del total de inversión elegible.

Beneficios fiscales

Se mantienen los mismos que regían desde antes.

Al respecto, KPMG destacó algunos, como la exoneración del impuesto a las rentas de las actividades económicas (IRAE) por un porcentaje de la inversión elegible que resulte de aplicar la matriz de indicadores, o la devolución del IVA por la adquisición en plaza de materiales y servicios de obra y bienes muebles destinados al proyecto.

Beneficios especiales

Para aquellos usuarios de parques industriales o parques científico-tecnológicos, se mantienen los mismos criterios del Decreto Nº 268/020.

Por otro lado, se distinguen beneficios adicionales para micro y pequeñas empresas por un lado y medianas por otro, para cualquier nivel de inversión.

Para las mipymes (es decir, cuyas ventas anuales no superen los 10 millones de UI y tengan hasta 19 empleados), se le adicionará 15 puntos porcentuales al beneficio de IRAE que corresponda en la aplicación de la matriz de indicadores, más una extensión de dos años al plazo de exoneración. Por otro lado, para las empresas medianas (ventas anuales menores a 75 millones de UI y hasta 50 empleados) serán 10 puntos porcentuales adicionales con una extensión de un año.

“A su vez, el Decreto Nº 329/025 contempla una exoneración de IRAE equivalente al 100% de la inversión elegible para el caso de grandes proyectos […] cuyo monto supere los 180 millones de UI (US$ 30 millones aproximadamente), en la medida que sean presentados antes del 31 de diciembre de 2027 y ejecutados en su totalidad antes del 31 de diciembre de 2029. Si el monto es superior a 300 millones de UI (US$ 50 millones aproximadamente), el proyecto deberá ser presentado antes del 31 de diciembre 2028 y ejecutado antes del 31 de diciembre de 2031. En estos casos, el acceso a la exoneración por el 100% de la inversión elegible estará supeditado a la obtención de al menos cinco puntos en el indicador de Generación de Empleo, y al menos cuatro puntos en el indicador de Adecuación Tecnológica, Investigación, Desarrollo e Innovación”, detalla la consultora.

Vigencia

La nueva reglamentación entrará en vigor el próximo domingo 1º de febrero.

No obstante, hasta el 30 de abril las empresas podrán optar por presentar proyectos de inversión bajo el régimen anterior.

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