Contenido creado por Valentina Temesio
Economía

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Compras en el exterior: cambio en tope de franquicias y qué pasará con el impuesto Temu

El Ministerio de Economía y Finanzas introducirá una nueva medida que modificará el régimen de encomiendas internacionales.

02.01.2026 16:27

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2026-01-02T16:27:00-03:00
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Montevideo Portal

La aprobación en la Cámara de Diputados del Presupuesto Quinquenal introdujo cambios en las compras que se realizan en el exterior, precisamente las operaciones realizadas a través de la plataforma china Temu.

El Presupuesto aprobado en diciembre de 2025 en el Parlamento introdujo cambios relevantes en el régimen de compras por internet en el exterior, en particular para las operaciones realizadas a través de la plataforma china Temu, una medida que el gobierno aplicará el 1º de mayo de este 2026, según informó Telenoche y confirmó Montevideo Portal. La modificación responde al fuerte aumento de este tipo de transacciones y establece, entre otras cosas, la aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las importaciones que se realicen bajo la franquicia vigente.

De acuerdo con la ley, a la que accedió Montevideo Portal, el régimen de encomiendas internacionales pasará a tener un tope anual de US$ 800, en lugar de los actuales US$ 600 distribuidos en tres compras, aunque “las importaciones bajo esta franquicia quedarán sujetas a las disposiciones contenidas en el artículo 4º y en el literal B) del artículo 13 del Título 10 del Texto Ordenado 2023 (Impuesto al Valor Agregado)”.

El beneficiario autoriza a las entidades administradoras de tarjetas de crédito, de débito, de instrumentos de dinero electrónico o de instrumentos análogos que determine el Poder Ejecutivo a suministrar la información necesaria y suficiente a la Dirección Nacional de Aduanas (DNA) a los efectos de garantizar la adecuada aplicación del mismo”, establece la normativa.

En paralelo, continúa vigente el régimen simplificado de importación, que permite el ingreso de productos del exterior mediante el pago de un tributo único equivalente al 60% del valor de la mercadería, con un mínimo de US$ 10. Este sistema habilita compras de hasta US$ 200 y 20 kilos por operación, sin límite anual de cantidad, siempre que se abone el impuesto correspondiente. Con el nuevo Presupuesto, este régimen también pasará a tener un tope máximo anual de US$ 800.

Sin embargo, en el siguiente artículo, el 620, se detalla que “lo dispuesto en el inciso anterior se aplicará bajo circunstancias normales”. Y, además, que “en los casos en que haya acuerdos comerciales internacionales que contengan disposiciones específicas en materia de envíos postales internacionales, dichos envíos quedarán sujetos a los términos y condiciones dispuestos en el referido instrumento”.

El único convenio vigente que existe entre Uruguay y otro país que plantea una cierta excepcionalidad es el firmado durante la primera presidencia de Tabaré Vázquez en 2007: el Acuerdo Marco sobre Comercio e Inversión entre la República Oriental del Uruguay y los Estados Unidos de América, mejor conocido como el TIFA.

En este marco, de acuerdo con dicha disposición, en compras de hasta US$ 200 en tiendas con sede fiscal en Estados Unidos (EE. UU.) no se paga el IVA. Esos US$ 200 computan dentro del total de US$ 800 permitidos por año sin tributos extras.

Esto significa, en caso de aprobarse la redacción del Presupuesto tal y como está ahora, que si un uruguayo quiere comprar un artículo por un valor mayor a US$ 200 y de hasta US$ 800 en Estados Unidos, deberá pagar el IVA.

Además, si se hace una compra libre de IVA de menos de US$ 200, este gasto también se descuenta del total de US$ 800 anuales de que dispone cada persona y, además, se está haciendo uso de una de las tres franquicias del año.

La diferencia que tenemos es que estas importaciones van a empezar a quedar gravadas con IVA al 22% salvo en el caso de EE. UU. (por el TIFA), que aplica en tanto sean tres importaciones de US$ 200. […] Es decir, a partir del 1º de mayo de 2026 vas a pagar el IVA en todos los casos, salvo que hagas tres compras a EE. UU. que no excedan los US$ 200; en eso no pagás IVA”, explicó a Montevideo Portal el socio del Departamento de Impuestos y Legal de KPMG, Aldo Zignago.

Consultado respecto a cómo se va a ejecutar el cambio de un régimen a otro a partir de la entrada en vigor de las modificaciones, el experto señaló que “hay que ver la solución que prevé la reglamentación” que finalmente disponga el Ejecutivo. “Es uno de los desafíos que tenemos siempre en el mundo tributario cuando cambiamos de regímenes”, indicó.

“Muchas veces cuando suceden este tipo de cosas existe un artículo que se llama transitorio, que justamente [dice] ‘en el año de transición, lo que se va a hacer [es] para el régimen anterior X y para el régimen nuevo, Y’”, puntualizó Zignago. En esta línea, adelantó que las autoridades podrían separarlo, prorratearlo por meses del año o hacer un “reset” y que los usuarios tengan un total de US$ 1.400 de franquicias para este 2026.

“Hay que esperar qué dice el decreto”, concluyó.

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