El juez subrogante del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) Alejandro Recarey dio lugar a dos recursos de amparos presentados: uno, buscaba suspender la vacunación en niños menores de 13 años, y otro, impulsado por Hoenir Sarthou, que impedía pedirle test de PCR a dos mujeres no vacunadas que se disponían a viajar a Argentina.

El primero de ellos generó que la inoculación a niños se suspenda de forma inmediata dado que si el Ministerio de Salud Pública (MSP) no acataba la sentencia podría caber la figura de desacato y el caso iría a la justicia penal. Ambas sentencias serán apeladas por parte del Poder Ejecutivo.

El segundo recurso generó dudas y produjo una serie de confusiones. En concreto, el fallo de Recarey ordenó que el MSP y todos los demandados se “abstengan de todo acto, hecho u omisión que exponga la situación sanitaria de las demandantes” o les “imponga un trato diferencial” para su salida y/o retorno del país por no estar vacunadas contra la covid-19. el juez señala que “la vacunación debe hacerse dentro del marco de la legalidad. Tanto es ello así, que no se está prohibiendo la oferta vacunatoria”.

Horas después, se hizo público un comunicado de la Policía Nacional, en concreto, de la Dirección Nacional de Migración, informando que se iba a permitir el paso sin realizar “llamado de atención, aclaración o comentario al respecto” a personas que no estén vacunadas contra la covid-19 y que no presenten un testeo negativo.

Otro de las grandes virtudes de los fallos del Juez Recarey, ahora cualquiera, aun portador del virus, puede entrar en Uruguay sin ningún requisito.

Acuérdense de este juez cuando haya una nueva ola de contagios.

cc: @fmarguery pic.twitter.com/p0zR6Whdk2

— Oscar N. Ventura ?? (@ONVentura) July 10, 2022

Sin embargo, según pudo saber Montevideo Portal, el comunicado fue desestimado porque la sentencia del magistrado rige solamente para estas dos personas que fueron defendidas por Sarthou y no para el resto de la población, por lo que Migraciones continuará pidiendo el testeo negativo a personas no vacunadas.

En resumen, la no solicitud de prueba PCR para volver a ingresar a Uruguay será exclusiva para estas dos personas que, a través del abogado, presentaron el recurso de amparo. Por tanto, todo el resto de las personas que no se vacunaron deberán presentar la prueba de que no tienen covid-19 al menos 72 horas antes de viajar. El comunicado anteriormente mencionado quedó sin validez.