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Judiciales

La delgada línea de la ley

No se buscó “vulnerar derechos” al allanar radio y casa de Álvarez, dijo fiscal de Corte

Juan Gómez explicó que se actuó en el marco de la ley para “concretar una investigación de naturaleza penal”.

07.02.2022 14:20

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2022-02-07T14:20:00-03:00
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La Asociación de la Prensa Uruguaya (APU) se reunió este lunes con el fiscal de Corte Subrogante, Juan Gómez, en torno al pedido de allanamiento a Azul FM y el domicilio del periodista Ignacio Álvarez, luego de que este divulgara audios se contenido sexual privados sin el consentimiento de todas las partes.

En una rueda de prensa posterior a este encuentro, Gómez aseveró que Fiscalía es “garante de la libertad de expresión de todos los periodistas de todo el Uruguay”.

“La constitución garantiza la máxima libre y garantía emisión de los pensamientos y la difusión de los medios, cualquiera sea. La fiscalía, obviamente, garantiza también ese ejercicio, ese derecho. Simplemente señala que, como todo derecho, puede tener su limitación cuando la ley así lo dispone”, expresó el letrado, según consignó Telemundo.

En este sentido, detalló que en casos como el ocurrido en esta instancia “hay una limitación de esa libertad”; restricción que, según el fiscal, “está consagrada en defensa de otros derechos” que “también tienen la protección”. Tal es el caso, precisó, del derecho a la intimidad y la libertad sexual.

Asimismo, respecto a la investigación sobre el caso de Ignacio Álvarez, Gómez expresó que, en el inicio, se tomaron medidas bajo su “responsabilidad exclusiva”. El letrado remarcó que los fiscales “tienen la más absoluta independencia técnica para analizar los casos particulares en concreto, no reciben ni deben recibir indicaciones de cómo obrar en tal o cual caso y esto fue lo que ocurrió”, como ya informáramos. De esta manera, la fiscal Mariana Alfaro comenzó la investigación “en el pleno ejercicio de sus obligaciones ante la ley” y esta indagatoria “contó con el aval de la Justicia, que no es un hecho menor”, enfatizó y añadió que luego se analizará si las medidas tomadas fueron pertinentes o no.

“Las medidas solicitadas por Alfaro en el caso fueron formalmente ajustadas a derecho, en el sentido de que fueron puestas a disposición ante un juez competente, quien en definitiva fue quien las autorizó, pero una aclaración: no se cumplió con ninguna de las medidas autorizadas, lo único que se obtuvo en lo que se llamó el allanamiento de una emisora de radio fueron los audios de dos programas periodísticos entregados por la dirección de la emisora, sin otra dificultad. Y en el mismo sentido, puedo señalar que las medidas pendientes son así de una entidad relativamente importante cuál sería el allanamiento no se cumplió ni se va a cumplir”, expresó Gómez.

El fiscal, entonces, se refirió a los audios en cuestión, para lo cual acudió a la Ley N.º 19.580: “El que difunda, revele exhiba o ceda a terceros imágenes o grabaciones de una persona con contenido íntimo o sexual, sin su autorización, será castigado” con una pena de seis meses de prisión a dos años de penitenciaría. De esta manera, reafirmó que “era eso lo que se estaba procurando concretar en una investigación de naturaleza penal”.

Por tanto, Gómez sostuvo que no se buscó “vulnerar derechos consagrados internacionalmente y también legalmente en nuestro país”.

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