El proyecto de Ley de Presupuesto Nacional que el Poder Ejecutivo remitió al Parlamento el pasado 31 de agosto cuenta con varias modificaciones o agregados en materia tributaria y jurídica.

En este sentido, la consultora KPMG elaboró un informe en el que repasa las principales disposiciones que implican cambios en impuestos y “otras materias de interés empresarial”.

Modificaciones tributarias

Régimen de compras internacionales

El llamado “impuesto a Temu”, aumenta el límite de las facturas de compras internacionales a US$ 800 por año y establece la posibilidad de utilizar hasta tres franquicias. Al mismo tiempo, grava con IVA sobre el valor de la factura o de la declaración de valor de mercadería a este tipo de compras.

Creación del Impuesto Mínimo Complementario Doméstico (IMCD)

También denominado “impuesto mínimo global”, que —en línea con lo propuesto por la OCDE—, busca establecer un piso mínimo de tributación global del 15% para aquellas multinacionales con ingresos anuales que superen los US$ 750 millones. “Su objetivo es evitar la erosión de bases imponibles y la competencia fiscal perjudicial entre jurisdicciones”, señala el documento de KPMG.

Uruguay propone el IMCD complementario al impuesto a la renta de las actividades económicas (IRAE) y al impuesto al patrimonio.

“El impuesto se configura anualmente, y en principio sería aplicable para ejercicios iniciados durante el año 2025 (aunque este aspecto no se encuentra especificado en el proyecto con la claridad que sería deseable)”, indica la publicación. La tasa efectiva se calcula dividiendo los impuestos cubiertos ajustados entre el resultado neto admisible; si el resultado es menor al 15%, se aplica el IMCD sobre el excedente, descontando exclusiones por sustancia económica.

Este nuevo gravamen afecta regímenes como zonas francas, a la industria del software e inversiones promovidas por la Comap. “Aunque las exoneraciones continúan, el beneficio real se reduce por el impuesto complementario”, asegura KPMG.

La implementación del IMCD “representa un cambio significativo en la política fiscal, alineando al país con los estándares internacionales de la OCDE, lo que implica que el nuevo impuesto no aplique en nuestro país cuando la entidad uruguaya se vincule a empresas que están excluidas del régimen o [este] no le resulte aplicable”.

El gobierno ha estimado que el nuevo impuesto podría generar una recaudación adicional de entre US$ 350 y 500 millones.

Levantamiento del secreto bancario (1)

El proyecto prevé que la Dirección General Impositiva (DGI) “pueda requerir a las entidades financieras —a través del Banco Central del Uruguay (BCU)— información respecto de cuentas, productos, servicios y cualquier operación, relativas a personas físicas, jurídicas u otras entidades”.

“Se prevé que dichas entidades financieras quedan relevadas del secreto bancario, así como de cualquier otro deber de secreto, reserva o confidencialidad, ninguno de los cuales será oponible a la DGI”, remarca la publicación.

A su vez, aquellas instituciones que incumplan esta obligación “se verán expuestas a severas sanciones”. La DGI podrá aplicar, según la gravedad del incumplimiento, una multa de hasta mil veces el valor máximo de la multa por contravención, sin perjuicio de las sanciones que también pueda aplicar el BCU si correspondieran.

“Se trata de una solución que, en la medida que prescinde de la intervención judicial que actualmente exige la legislación, es de cuestionable regularidad constitucional”, expresa KPMG.

Al respecto, el senador del Partido Nacional Javier García aseguró que esta iniciativa “viola el derecho a la privacidad”.

Levantamiento del secreto bancario (2)

El proyecto extiende a la Dirección Nacional de Aduanas la facultad que tiene la DGI de solicitar el levantamiento judicial del secreto bancario “cuando el organismo tributario aduanero presente una denuncia penal de contrabando o defraudación aduanera y lo solicite en forma expresa y fundada”.

Modificaciones jurídicas

Investigación laboral

El proyecto de ley de presupuesto amplía las facultades de la Inspección General de Trabajo y Seguridad Social del Ministerio de Trabajo para interrogar personas vinculadas a una investigación motivada en denuncias o situaciones de afectación a la libertad sindical, acoso moral o discriminación en el ámbito laboral.

Actualmente, la Ley Nº 19.854 limita esta posibilidad a “cuando la inspección proceda a través de una diligencia inspectiva”; la redacción propuesta permite realizar interrogatorios “en todos los procedimientos de la inspección” sin restricción de forma, explica la consultora.

Agencia de vigilancia sanitaria

Se propone crear la Agencia de Vigilancia Sanitaria del Uruguay (Avisu), que actuaría bajo la supervisión del Ministerio de Salud Pública.

Su misión es “garantizar que los productos comercializados en Uruguay cumplan con los más altos estándares de calidad, seguridad, eficacia y trazabilidad, facilitando un acceso más confiable y equitativo para toda la población”.

La Avisu regulará “una amplia gama de productos”, incluyendo medicamentos, vacunas, dispositivos médicos, reactivos de diagnóstico, alimentos para propósitos médicos especiales, cosméticos y soluciones digitales orientadas a la salud.