Una boda celebrada en una iglesia católica en la provincia argentina de Corrientes generó una gran controversia. La polémica trascendió luego de que el arzobispado provincial anunciara que declarará nulo el matrimonio por falta de “validez canónica” y abriera un proceso disciplinario contra el sacerdote que ofició la ceremonia.

Según informa el matutino porteño La Nación, el enlace se realizó el 28 de enero en la parroquia Nuestra Señora de Pompeya y fue celebrado por el fray Fernando Luis Gómez.

Los contrayentes fueron Solange Ayala e Isaías Díaz Núñez, ambos transgéneros y con identidades registradas bajo la Ley de Identidad de Género. “Nos acercamos al fraile para hablar con él, y nos recibió con mucho cariño. Conversamos y nos explicó los pasos a seguir”, relató Ayala a Radio Sudamericana.

En la entrevista radial, la novia dijo que el cura consultó al arzobispo José Adolfo Larregaín antes de la ceremonia, y que este les transmitió que no veía objeciones para la celebración del sacramento.

“Gómez se reunió con el arzobispo José Adolfo Larregaín, y luego dijo que no había nada que se pudiera objetar respecto a nuestra capacidad de contraer matrimonio, porque, hablando en términos biológicos, éramos un hombre y una mujer. Por lo tanto, podríamos ser bendecidos bajo el sacramento del matrimonio”,

 La pareja destacó que, pese a que sus partidas de bautismo conservan los nombres anteriores, la documentación matrimonial eclesiástica se confeccionó con los actuales.

“Lo supieron manejar porque, más allá de que nuestras partidas de bautismo tienen nuestros nombres anteriores, tanto el mío como el de Isaías, a la hora de darnos la nueva libreta de matrimonio, firmar el acta y demás, estaban con nuestros nombres que tenemos hoy por hoy en el documento. Celebramos nuestro matrimonio con respeto y compromiso, y esperamos que se reconozca nuestro derecho a vivir plenamente”, expresó la flamante esposa.

Decisión del Arzobispado

Tras la difusión del caso, el arzobispado de Corrientes afirmó que no recibió la documentación eclesiástica correspondiente y anunció que declarará nulo el matrimonio por incumplir requisitos canónicos esenciales. Además, evalúa sanciones formales contra el sacerdote que autorizó la celebración.

Larregaín explicó que, en situaciones de este tipo, el matrimonio se considera nulo ipso facto en el entendido de que no se cumplen las condiciones de “materia y forma” necesarias para la validez del sacramento. También remarcó que la Iglesia católica “recibe a todas las personas”, incluidas las personas trans, pero que ello no implica la administración de sacramentos si no se cumplen los requisitos establecidos por el derecho canónico.

En ese marco, el arzobispo recordó la declaración Fiducia Supplicans del papa Francisco, que habilita bendiciones pastorales —no litúrgicas ni matrimoniales— a parejas del mismo sexo o en situaciones consideradas irregulares.

Postura institucional y debate

La arquidiócesis señaló que el matrimonio sacramental exige condiciones esenciales fijadas por el derecho canónico y advirtió que su omisión puede generar confusión entre los fieles. En la misma línea, la parroquia involucrada indicó que reforzará los procedimientos de entrevista, preparación y verificación de los contrayentes.

Por su parte, el abogado especialista en Derecho Canónico Ricardo Lugo sostuvo que, a su entender, se habrían cumplido los requisitos civiles y eclesiásticos porque la pareja posee géneros distintos.

En Argentina, el matrimonio civil entre personas trans está reconocido por la legislación vigente, pero la Iglesia católica regula el sacramento matrimonial según el derecho canónico, que lo define como la unión entre un varón y una mujer en términos biológicos.