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Uso de Wikipedia y sin rigurosidad: fiscal que archivó caso Antel Arena criticó auditoría

Alejandro Machado concluyó que hubo “desprolijidades y manejo dispendioso de fondos públicos”, pero no “conductas de reproche penal”.

22.02.2024 22:09

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2024-02-22T22:09:00-03:00
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Montevideo Portal

La Fiscalía Penal de Delitos Económicos y Complejos de Primer Turno, a cargo del fiscal Alejandro Machado, solicitó el archivo de la denuncia presentada por presuntas irregularidades en la construcción del Antel Arena, obra financiada por la empresa telefónica que lleva ya varios años de acusaciones y defensas, de un lado y del otro del espectro político.

Sobre la causa que se había denunciado por parte de Antel en noviembre de 2021 para que se indagaran presuntas irregularidades en la construcción del complejo, finalmente la investigación del fiscal no encontró elementos “que permitan sustentar que los funcionarios públicos denunciados hayan incurrido en conductas merecedoras de reproche penal”.

Según la solicitud de archivo de la causa, a la que accedió Montevideo Portal, la denuncia acusa a la gestión de Carolina Cosse, a partir de una auditoría externa que pidió el directorio de Antel, de llevar adelante una obra que estaba fuera de las competencias y funciones de la firma telefónica. 

Puntualmente, la denuncia se enfocó en la violación del principio de especialidad (artículo 190 de la Constitución), cuestionamiento al Antel Arena como “proyecto de marketing y publicidad”, que haya sido construido por la empresa estatal, un proceso “de compras arbitrario y falto de cristalinidad”, la selección de Teyma para la ejecución de la obra de forma directa, la falta de disponibilidad presupuestal para llevar adelante la construcción y las pérdidas que ha tenido el estadio multipropósito desde su inauguración.

El artículo 190 de la Constitución establece: “Los entes autónomos y los servicios descentralizados no podrán realizar negocios extraños al giro que preceptivamente les asignen las leyes, ni disponer de sus recursos para fines ajenos a sus actividades normales”.

En esta línea, Machado apunta que aunque las “personas jurídicas privadas o públicas no pueden realizar actos ajenos a los fines para los cuales fueron creadas, cabe admitir un criterio de relativa amplitud para interpretar la extensión de dichos fines”.

En definitiva, el investigador señaló que Antel y la Intendencia de Montevideo se encontraban habilitados legalmente para la firma del convenio con el objetivo de la construcción del estadio cerrado.

“En la medida en que se trata de actividades en las que Antel concurre en régimen de libre competencia con empresas privadas, en particular con poderosas empresas trasnacionales, negar a Antel la posibilidad de concretar un convenio de esta índole, mientras que para sus competidoras estaría permitido, configuraría una indebida e ilegal discriminación”, apunta el documento.

Y añade que no resulta admisible sostener como lo hace el denunciante que “las autoridades de Antel de la época que suscribieron el convenio hayan actuado arbitrariamente o de forma ilícita”: “Está claro que el Tribunal de Cuentas observó el convenio, pero ello no implica que los indagados, con abuso de su cargo, hayan actuado con arbitrariedad en perjuicio de la administración o de los particulares”.

“Tal como venimos de señalar, reconocemos que jurídicamente es una cuestión absolutamente opinable determinar si Antel se encontraba habilitada para abocarse a la construcción del citado complejo multifuncional en el marco de un proyecto de marketing y publicidad, pero es precisamente por ello que debe descartarse la arbitrariedad que reclama el artículo 162 del Código Penal (delito de abuso de funciones) y que hoy alega el denunciante”, afirmó Machado.

En consecuencia, el dictamen fiscal concluye que no hubo delito de abuso de funciones en casos especialmente no previstos por la ley, ni fraude, ni peculado, ni conjunción del interés personal y del público, así como reclamaba la parte denunciante. Además, Machado cuestiona en varios pasajes de las 88 páginas del escrito los reclamos penales que se hacen en una denuncia basada a partir de una auditoría externa de dudosa rigurosidad.    

Costo del Antel Arena

Sobre la inversión total realizada por Antel para la construcción del complejo, que se estimó en US$ 40 millones en principio, según la denuncia el costo final fue de US$ 120 millones.

En esta línea, Machado apunta que según las bases de llamados realizados, “los US$ 40 millones referían únicamente a la obra civil [primera etapa de la obra], sin valorar entonces lo que costaría el posterior equipamiento del complejo”, también considerando las inversiones tecnológicas.

Machado menciona, en este sentido, que el director de Antel por la oposición entre 2015 y 2020, Gustavo Delgado (Partido Nacional), manifestó que sabía que los “US$ 40 millones referían a una parte de la obra y no a la totalidad de los costos". Asimismo, expresó que sus asesores siempre manejaron que el costo total de la obra iba a rondar los US$ 100 millones.

Por su parte, un informe oficial realizado por el Tribunal de Cuentas el 6 de marzo de 2019 detalla los gastos realizados en la construcción y puesta en marcha del Antel Arena: demolición del Cilindro, preparación del terreno y obra civil: US$ 49.166.510; proyecto ejecutivo, asesorías y servicios varios: US$ 2.523.030; equipamiento y acondicionamiento técnico: US$ 17.267.482 y finalmente espacios exteriores, guardería, parque público, espacio deportivo, entre otros: US$ 17.038.495. La suma total asciende a US$ 86 millones.

Pese a esto, Machado señala que la Fiscalía requirió a las autoridades anteriores de Antel un informe oficial acerca del costo definitivo de la obra, pero se le respondió que se carecía de la información.

“Ello puede explicarse en parte porque la documentación se encuentra dispersa en diferentes expedientes administrativos tramitados en distintas reparticiones de Antel y a su vez por la falta de integridad de dicha documentación. No obstante de reconocer estas falencias, ello no implica que las autoridades de la época hayan incurrido en algún ilícito sino más bien dan cuenta de la ausencia de los debidos controles, así como de desprolijidades administrativas respecto de la forma de planificar la obra. Esa falta de adecuada planificación o de cierta imprevisión y hasta si se quiere en algún punto del manejo dispendioso de los recursos públicos —lo cual en lo más mínimo justificamos— son cuestiones ajenas a la esfera jurídico penal”, apuntó el fiscal actuante.

No obstante, Machado cuestionó la comparativa realizada por los denunciantes (en particular la auditoría externa) sobre los costos que insumieron otros complejos en el mundo.

“Sobre el primero de estos puntos el denunciante señala, a vía de ejemplo, que el Movistar Arena de Argentina para 15.000 espectadores costó US$ 38 millones, según surge de Wikipedia. Por su parte, el Direct TV Arena para 15.000 personas tuvo un costo de US$ 21 millones, según surge de la web del diario La Nación. Agrega que el Movistar Arena de Colombia —15.000 espectadores— tuvo un costo, según informa Radio Caracol, de US$ 26 millones. Finalmente [el denunciante] concluye que el Antel Arena para 12.000 espectadores tuvo un costo de US$ 119 millones, o sea, ‘entre cuatro y cinco veces más que otros similares’. Lo primero que debe precisarse es que, a criterio del suscrito, ha quedado claro que el costo del Antel Arena no fue de U$S 119 millones, tal como afirma el denunciante”, apunta el documento.

En este sentido, el fiscal Machado plantea que “no parece razonable ni riguroso determinar los costos de distintas obras realizadas alrededor del mundo a partir de fuentes de prensa como ser una radio, un diario o una página web como es Wikipedia”.

“Se debe exigir un mínimo de rigurosidad en la información manejada, es decir, deberíamos disponer de datos oficiales y comparar las características técnicas de las obras, así como las economías de los países donde se realizaron las mismas”, añade Machado, que cuestiona las comparaciones realizadas sobre los costos de otros complejos de similares características alrededor del mundo.  

Finalmente, el fiscal no encontró tampoco reproche penal para otras de las denuncias efectuadas sobre el proceso de construcción de Antel Arena, como fueron las compras directas, que “siguen siendo un mecanismo habitual aplicado por el directorio de Antel”, empresa en competencia.

Tampoco se consideró la reiteración de gastos tras las observaciones del Tribunal de Cuentas como un delito a imputarse penalmente.

“En definitiva, a juicio de esta representación fiscal, las eventuales pérdidas en el erario público —en particular en Antel—, no configuran por sí mismas el delito de abuso innominado de funciones, si no se acredita la comisión de un acto arbitrario deliberadamente dirigido a causar un perjuicio, lo cual en la instancia no se advierte”, concluyó el fiscal.

Asimismo, Machado cuestionó el informe realizado por la Junta de Transparencia y Ética Pública (Jutep) en setiembre de 2021, por basarse únicamente en el informe de auditoría realizado por el demandante.

“La propia Jutep admite en su resolución que toma como único insumo el informe confeccionado por E (la auditoría externa contratada por Antel) y por tanto reconoce sin dudas las debilidades que puede presentar su dictamen”, consignó el fiscal.

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