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No hay escape

Tribunal de Apelaciones ratificó condena de José Gavazzo por el asesinato de Julio Castro

La condena, dictada en abril de este año, es 25 años de penitenciaria. Castro era un pedagogo y periodista que desapareció en agosto de 1977.

13.11.2020 19:28

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2020-11-13T19:28:00-03:00
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Montevideo Portal

Un Tribunal de Apelaciones confirmó la condena del represor José Nino Gavazzo a 25 años de penitenciaría por el asesinato de Julio Castro en el año 1977, en plena dictadura.

Gavazzo fue condenado en abril por un delito de homicidio en calidad de coautor, pero su defensa interpuso un recurso de apelación. Sin embargo, según informó la periodista de TNU Georgina Mayo en su cuenta de Twitter y confirmó Montevideo Portal con fuentes judiciales, el tribunal ratificó la condena dictada por el juez Nelson Dos Santos a pedido del fiscal especializado en Crímenes de Lesa Humanidad Ricardo Perciballe.

Los restos del maestro Julio Castro fueron hallados el 21 de octubre de 2011 en el batallón 14 con un tiro en la cabeza y claras señales de tortura. Al momento de su detención, era investigado por transmitir información sobre los crímenes de la dictadura al exterior del país y particularmente por ayudar a perseguidos a salir del país.

Castro nació en Florida en 1908. Fue militante de distintas asociaciones gremiales de maestros y tuvo una destacada labor como pedagogo y periodista, desempeñándose en el semanario Marcha.

Tras ser detenido fue llevado a la casona de Millán esquina con Loreto Gomensoro donde fue torturado y luego ultimado de un balazo en el cráneo.

En los años en los que desapareció Castro el gobierno de facto se "había embarcado" en una "activa e intensa persecución" a los opositores, especialmente a los que pertenecían a movimientos o partidos de izquierda, indicaba la sentencia del juez Dos Santos.

Tras un trabajo de inteligencia, las personas eran detenidas y llevadas a centros clandestinos "y allí sometidas a extensos interrogatorios sin asistencia letrada y en la mayoría de los casos bajo diversas torturas".

Las distintas investigaciones judiciales y fiscales de estos años pudieron determinar que Castro estuvo detenido en la casona de la avenida Millán, a donde arribó luego de ser detenido en las inmediaciones de la calle Rivera. Castro fue abordado por dos individuos: el capitán de la Guardia Metropolitana de aquel entonces, Juan Ricardo Zabala y el soldado Julio César Barboza.

Zabala admitió en 2011 haber participado de ese operativo por orden de teniente coronel Juan Antonio Rodríguez Buratti (fallecido en 2006), que se desempeñaba en el Servicio de Información de Defensa (SID).

Barboza declaró en varias oportunidades ante la Justicia y en varias de ella responsabilizó a Gavazzo de todas las actuaciones que la SID llevaba adelante. "El jefe del departamento III en ese momento era el teniente general Gavazzo. Nada de lo que se hiciera allí era sin su consentimiento".

Gavazzo intentó enculpar a Buratti de la desaparición de Castro, señalando que desde él partían las órdenes. Esa versión nunca pudo ser respondida por Buratti, quien se suicidó en 2006 cuando estaba a punto de ser detenido.

"¿Teniendo en consideración especialmente la capacidad de delinquir del encausado y su probada y calificada capacidad de organización, puede dudarse lícitamente que procuró desviar su responsabilidad hacia una persona fallecida, tal como se ha señalado en autos?", se pregunta el juez.

Luego de varios años en los que se negó la desaparición de Castro, y tras diversas investigaciones judiciales y forenses, el 21 de octubre de 2011 el cuerpo del maestro fue hallado en un terreno del batallón 14 con un balazo en el cráneo y claras señas de torturas.

La responsabilidad de Gavazzo se basa en el criterio de "ejecución conjunta", que está relacionada con la designación superior de los mandos: "No es necesario que el jefe haya apretado el gatillo para comprometer penalmente su responsabilidad".

"La conducta del encausado, jefe proactivo y adornado de inteligencia y eficacia a estar a los juicios de sus superiores, fue determinante, generativa, con capacidad de determinación, desencadenamiento, mantenimiento y sostén de la decisión, siempre personal del autor, máxime en el seno de una institución vertical como sin duda lo es el Ejército. No se trató de un simple consejo, una idea lanzada al azar, una palabra o arenga irresponsable", señaló el magistrado.

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