Por Joaquín Symonds
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Hace unos meses, la Justicia emitió una sentencia de primera instancia —que fue ratificada por el Tribunal de Apelaciones de Trabajo de 4° Turno— por la muerte de dos obreros en las instalaciones del megatambo en Durazno, que es propiedad de la empresa Estancias del Lago SRL.
El hecho se dio en abril de 2023, cuando los dos fallecidos cayeron a un depósito de estiércol. Uno de ellos, Alejo Silva, fue encontrado sin sus piernas y horas más tarde apareció el cadáver de Franco Malladote, quien también figura como víctima del accidente laboral.
En el caso de Silva, las autoridades estimaron en su momento que fue absorbido y mutilado por un biodigestor. Malladote, por su parte, murió al sufrir graves lesiones, pero no se encontró ninguna parte de su cuerpo mutilada.
Los dos obreros cayeron en un foso de estiércol cuando un biodigestor —una máquina que tiene paletas para licuar con agua la materia fecal y así reutilizarla— comenzó a funcionar, los atrapó y terminó matándolos.
Tras esto, la familia de Malladote elevó un reclamo formal a la Justicia y se emitió una sentencia a favor de los allegados a la víctima, quien tenía 23 años. De acuerdo con el documento de segunda instancia, al que accedió Montevideo Portal, en el caso del joven el fallecimiento se dio por “asfixia por inmersión” y no tenía colocado el arnés de seguridad.
Las autoridades comprobaron, además, que la compañía no tenía “capacidad suficiente para tareas en altura ni para el cierre del biodigestor”, lugar que fue clave para la muerte de los dos empleados.
Al mismo tiempo, la empresa no había evaluado el riesgo específico con respecto a la tarea que cumplían tanto Silva como Malladote y no “hubo supervisión real al momento del siniestro”. Si bien Estancias del Lago posee técnicos prevencionistas y un departamento de Seguridad y Salud, “en este caso concreto no se aplicaron los controles mínimos”.
La demanda que elevó la familia de Malladote acusó de daño moral para la concubina, el padre, abuelos y hermanos de la víctima. Así como también se reclamaba lucro cesante por los ingresos que la víctima habría aportado en caso de no ser víctima del accidente.
En una primera instancia, en abril de 2025, la Justicia había condenado a Estancias del Lago a pagar US$ 40.000 a cada progenitor por daño moral. También las autoridades reconocieron un lucro cesante por más de $ 14 millones.
La empresa, en ese momento, apeló, cuestionando la legitimidad de los actores porque entendía que solo la concubina de Malladote podía reclamar según la Ley 16074, que regula los seguros por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Finalmente, el Tribunal de Apelaciones emitió una segunda sentencia y confirmó la decisión primaria que había adoptado la Justicia. Se atribuyó un 30% de responsabilidad a la víctima por no usar arnés, mientras que Estancias del Lago asumió el 70%.
Se concedió el derecho de los padres, abuelos, hermanos y de la concubina de la víctima a reclamar dinero por la muerte. La mujer deberá cobrar US$ 40.000, cada uno de los padres recibirá US$ 30.000, mientras que en el caso de los abuelos será de US$ 20.000 y los hermanos US$ 15.000. La compañía no debe asumir la totalidad de estos montos, sino un 70%, tal y como estableció la sentencia.
En la sentencia, se asegura que en el caso del accidente se “incumplió la obligación de tomar las medidas de seguridad necesarias para evitar el accidente de trabajo”.
“El hecho de la víctima no llega a excluir la responsabilidad de la demandada, pero reduce el monto, entendiéndose que corresponde atribuir un porcentaje de responsabilidad en el evento dañoso acaecido de un 70% a la empleadora y otro 30% al trabajador fallecido”, agrega el texto judicial.
Entre los hechos que narra la sentencia, se asegura que se otorgaron tareas de altura a los fallecidos, pero ellos “carecían de capacitación y sin supervisión de alguien que realmente la tuviera”.
Con respecto a la indemnización de los familiares por daño moral, se entiende que es por “la situación de angustia, dolor y desazón que sufren los familiares más directos ante el fallecimiento de un ser querido”.
El megatambo en el que murieron los obreros es propiedad de Alejandro Bulgheroni, empresario argentino que preside Pan American Energy Group.
Por Joaquín Symonds
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