La Cámara de Senadores celebró este miércoles una nueva sesión, en la que se aprobó un proyecto que modifica la ley que determina el procedimiento para la fijación de los apellidos de los recién nacidos en el registro civil.
La modificación contó con un apoyo unánime, es decir, los 29 senadores presentes en el plenario votaron a favor.
La propuesta aprobada modifica el artículo 27 del Código de la Niñez y la Adolescencia y redefine el criterio para la asignación de los apellidos de los hijos, con el objetivo de hallar un “avance cultural”, eliminar la prioridad del apellido paterno y avanzar hacia un sistema basado en una “igualdad de condiciones”.
El cambio principal establece que, tanto en hijos nacidos dentro como fuera del matrimonio, los apellidos se asignarán en el orden que acuerden los padres al momento de la inscripción. Si no existe acuerdo, el orden se resolverá mediante un sorteo realizado por el oficial de estado civil.
Otra modificación que se encuentra dentro de la propuesta aprobada es que elimina la distinción entre parejas heterosexuales y homosexuales, unificando el régimen para todos los casos.
En los casos de hijos fuera del matrimonio, se mantienen algunas reglas ya existentes —como que si solo uno de los padres inscribe al niño, se aplican criterios específicos—, pero se incorpora el principio general del acuerdo o sorteo cuando ambos participan. Además, se prevé que, si un padre reconoce posteriormente al hijo, se pueda modificar el apellido, considerando la voluntad del menor si tiene más de 13 años.
Con respecto a la adopción, la modificación considera que los apellidos del adoptado serán los de los adoptantes en el orden que ellos decidan, y, en caso de desacuerdo, se aplicará el sorteo.