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SCJ deslindó responsabilidades en conflicto por creación de cargos de defensores públicos

El Poder Judicial emitió un comunicado en el que califica de “insuficientes” los recursos aportados por el Poder Ejecutivo.

06.03.2023 11:18

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2023-03-06T11:18:00-03:00
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Montevideo Portal

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) emitió un comunicado este lunes en el que se refirió a la situación de los defensores públicos y el error que se registró en ese sentido, teniendo en cuenta de que en la Rendición de Cuentas se había dado los créditos para que ingresaran 18 funcionarios nuevos sin su aplicación efectiva, motivo por el cual la Asociación de Defensores Públicos del Uruguay (Adepu) se declaró en conflicto.

El Poder Judicial explicó que la norma que establecía dichos ingresos (9 para 2023 y 9 para 2024) “no formó parte” del mensaje enviado al Poder Ejecutiva por parte de la SCJ. “Durante el proceso de redacción y aprobación de dicho artículo, no se consultó a ninguna de las autoridades del Poder Judicial respecto a la cuantificación de los recursos financieros necesarios para su implementación”, destaca el comunicado.

La Corte agrega que, lamentablemente, el artículo sancionado contiene un error “aritmético” en el que la Corporación, al no ser consultada, “no tiene responsabilidad alguna” y se determina que la suma asignada para la financiación de los cargos “no sea suficiente para cubrir los salarios de 18 defensores”, haciendo que el artículo sea “de imposible aplicación”.

“Esta situación fue puesta de manifiesto al Ministerio de Economía y Finanzas [MEF] por nota enviada por el Sr. Presidente de la Suprema Corte de Justicia, John Pérez Brignani, y el director general de los Servicios Administrativos, Marcelo Pesce, el 11 de noviembre de 2022, solicitándose los créditos necesarios para poder crear los 18 cargos”, expresa el comunicado.

“El Ministerio de Economía y Finanzas le hizo saber a la Corporación que, al amparo de lo dispuesto por el art. 6 de la Ley nº 20.075, entendía procedente rectificar el error numérico padecido, pero estableciendo que la Corte podría crear hasta 18 cargos con los rubros presupuestales asignados ya que no era posible reforzar la dotación financiera oportunamente establecida. De esta forma, la corrección propuesta en la redacción del artículo habilitaría la creación del número de cargos que los créditos permitieran (por ejemplo, 17 cargos de defensores del interior) ya que se mantendría sin variación la partida presupuestal asignada”, agrega.

El 11 de enero, el presidente de la SCJ comunicó personalmente a las autoridades del gremio de defensores públicos sobre las resultancias de las gestiones realizadas. Además, la nota comenta que se le planteó al sindicato que ellos habían participado de la redacción de la norma aprobada y suministrada a los legisladores el cálculo de los dineros necesarios para la creación de estos cargos y que por eso debían asumir posición respecto de la solución proyectada por el MEF; sin embargo, expresan que hasta el momento no recibieron una postura oficial.

Finalmente, y a modo de resumen, la SCJ expresa que “no participó” del proceso de costeo, redacción y aprobación de la norma legal citada (cuyas resultancias resultaron inaplicables) y que esos “errores” en los contenidos dispuestos en el artículos “son un aspecto ajeno” a la corte, “habiendo reconocido la propia Adepu la autoría del costeo insuficiente.

“En conocimiento de la sanción del artículo antes mencionado y detectado el error, la Corporación procedió con la mayor diligencia para que se realicen las rectificaciones correspondientes, aportando los cálculos correctos. En tanto, el citado artículo se encuentra vigente con su redacción original (obligando a la creación de un número de cargos específico sin la financiación suficiente), no es posible realizar las contrataciones respectivas; ya que la norma defectuosa impide la creación de las vacantes previstas”, señala el comunicado.

Destacan que la nueva redacción del MEF permitirá a la Suprema Corte pueda solicitar y ejecutar efectivamente el crédito asignado, confiando en que en la próxima rendición de cuentas se otorgarán los créditos que no están previstos en la norma actual.

“Durante todo este proceso, Adepu ha recibido información completa y oportuna sobre las gestiones realizadas por intermedios de las más altas jerarquías de la institución”, aclara, y añade que si bien el Poder Judicial tiene a su cargo la gestión de los servicios de la defensa pública, “carece de autonomía financiera y debe actuar conforme a las normas presupuestales vigentes”.

“Por todo lo expuesto, la Suprema Corte de Justicia rechaza toda acción que pretenda responsabilizarla por la imposibilidad de aplicar el art. 365 de la Ley N º 20.075, invitando a cada uno de los actores a asumir las consecuencias de su actuación en el proceso antes reseñado, en aras de consolidar las soluciones disponibles a través del diálogo y la colaboración interinstitucional”, concluye.

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