Una nueva resolución del Ministerio del Interior que prohíbe que los policías con licencia reglamentaria y sindical realizar servicios 222, generó malestar en el Sindicato Único de Policías del Uruguay (SUPU). El sindicato, que ya había recurrido a la Justicia por una resolución similar en el pasado, analiza los pasos a seguir, alegando que la normativa "viola el derecho al trabajo" comprendido en la Constitución.

El dirigente del SUPU Miguel Barrios dijo a Montevideo Portal que el 24 de febrero pasado el Ministerio del Interior emitió una "orden" que prohíbe que los policías que se encuentren gozando de "licencia ordinaria, extraordinaria o sindical" cumplan con los servicios 222.

Si bien la resolución es reciente, la disputa entre el Ministerio y el SUPU no lo es. De hecho, el sindicato había recurrido a la Justicia cuando la secretaría de Estado dispuso que los efectivos con licencia sindical no pudieran prestar ese servicio. Si bien la Justicia dio la razón al Ministerio en las dos primeras instancias, Barrios anunció que apelarán la decisión, entendiendo que "los magistrados no entendieron realmente la profundidad del tema y asimilan el servicio a las horas extras cuando tiene características diferentes".

En ese sentido, afirmó que "las licencias sindicales se computan por horas y no por días, eso lo sabe cualquier sindicalista". Por ese motivo, consideró que un funcionario puede realizar un servicio 222 un mismo día en que gozó de licencia sindical por algunas horas. De hecho, remarcó que "he participado de procedimientos policiales estando de licencia sindical".

Para el SUPU, la restricción para realizar 222 debería darse "solamente para los casos en que hay incompatibilidad física". Según Barrios, el espíritu de la ley que reglamentó el servicio 222 apunta a que "un funcionario que tiene licencia por enfermedad no puede presentarse a trabajar en otro lugar". En ese marco, el dirigente considera que "no hay ninguna incompatibilidad" del servicio con las licencias reglamentarias o sindicales.

Barrios dijo además que los asesores jurídicos del sindicato se encuentran "investigando" si existió en el pasado una disposición similar por parte del Ministerio. El dirigente indicó que la resolución del 24 de febrero pasado señala que se trata de la "reiteración" de una orden. "Si la orden existió, jamás se aplicó, lo que sería una hecho gravísimo", enfatizó, señalando que de ser así pedirán que "se sancione a todos los cargos políticos y jerarcas policiales responsables de que no se cumpliera".