El Ministerio de Educación y Cultura (MEC) realizó una publicación en sus redes este martes recordando la entrada en vigencia en enero de 2024 de lo establecido en la última Rendición de Cuentas, que en su articulado impide a las oficinas públicas pedir a los usuarios su partida de nacimiento en los casos en los que se solicite presentar la cédula de identidad.

Se trata de la implementación del artículo 312 de la ley 20.212. En él, se establece que “en aquellos trámites que realicen los ciudadanos naturales o legales, ante organismos estatales o paraestatales cuyo objeto no requiera la prueba del vínculo filial, bastará la presentación de la cédula de identidad vigente, no pudiéndose exigir la presentación del testimonio de la partida de nacimiento”.

“Si te piden la cédula, no necesitás la partida. A partir de enero de 2024 entrará en vigencia”, indicó el MEC en un video promocional.

Sin embargo, ya había, en el ordenamiento jurídico uruguayo, una norma que establecía lo mismo que el artículo 312 de la última rendición.

Firmado por el entonces presidente José Mujica, el decreto 177/013, del año 2013, indica en su artículo 7 lo siguiente:

“(Partida de Nacimiento): Los ciudadanos, naturales o legales, que cuenten con Cédula de Identidad vigente, quedarán eximidos de presentar su partida de nacimiento en aquellos trámites ante organismos públicos en que la misma sea solicitada, cuyo objeto no requiera la demostración del vínculo filial del interesado”.

Además, esa norma regulaba la solicitud de la constancia de la jura de la bandera, dado que en el siguiente artículo establece: “La acreditación del juramento de fidelidad a la bandera nacional (artículo 28 de la Ley N° 9.943, de 20 de julio de 1940) no será exigible a los ciudadanos, naturales o legales, que acrediten tener título profesional o técnico, haber desempeñado un cargo de función pública o haber culminado el ciclo básico de enseñanza secundaria”.

Ese decreto, que lleva por título “simplificación de los trámites administrativos para la racionalización y optimización de la gestión pública” que se daba en el marco de “la estrategia general de gobierno que impulsa la transparencia y fortalecimiento democrático, la inclusión digital y el avance del gobierno electrónico como instrumento de transformación del Estado”, según reza el texto inicial de la norma de 2013.

Tras el anuncio hecho por el MEC este martes, su titular, Pablo da Silveira, escribió un tuit en el que adjuntaba la captura de la ley 20.212 publicada en IMPO y expresó: “Artículo 312 de la ley 20.212 (Ley de Rendición de Cuentas que entra en vigencia el primero de enero): las oficinas públicas ya no podrán exigir cédula y partida de nacimiento. La cédula alcanza, porque para sacarla hubo que presentar la partida. Una iniciativa del MEC”.

Consultado por Montevideo Portal, Da Silveira explicó la razón de establecer esto por ley en la Rendición de Cuentas. 

“Ese decreto existe pero no tuvo efecto, no generó consecuencias, y eso se debe a dos razones: primero a que es un decreto, y un decreto no tiene fuerza para modificar leyes anteriores que pidieran partidas, o sea, la manera de ir a fondo era por ley, no por decreto. Había leyes y por otra parte es más fácil ignorar un decreto que ignorar una ley. Esa es una de las explicaciones acerca de por qué si bien que hace una década que ese decreto existe, no tuvo efecto”, dijo Da Silveira.

“Nosotros recogemos la misma idea, lo que hacemos es básicamente la misma idea, darle la fuerza de ley”, agregó.

“Lo segundo es que ese decreto no estuvo acompañado de las acciones de difusión que nosotros estamos haciendo ahora. La gente no lo sabía y el principal controlador en esto es la gente, el que va al mostrador de la oficina y dice: ‘usted no tiene que pedirme esto’. Nuestra evaluación es que no se le dio la difusión necesaria para generar la respuesta que hace falta. Esto es un intento de lograr lo que aquel decreto no logró”, sostuvo el ministro, que añadió: “De hecho nosotros cuando redactamos esta norma tuvimos el decreto arriba de la mesa. No estamos para nada negando ese precedente”.