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Judiciales

Segunda vuelta

Fiscal argumentó “confidencialidad” de contrato con Katoen Natie para archivar denuncia

El FA recurrirá la decisión de Rodríguez, quien concluyó “que las conductas que se pretenden imputar carecen de relevancia jurídica penal”.

29.11.2022 08:40

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2022-11-29T08:40:00-03:00
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Montevideo Portal

Tras la decisión del fiscal de Delitos Económicos y Complejos de 3° turno, Gilberto Rodríguez, de archivar la investigación vinculada a la firma entre el Gobierno y la multinacional Katoen Natie del contrato por la concesión de la terminal especializada del Puerto de Montevideo, el Frente Amplio (FA) anunció que recurrirá la decisión ante un juez.

“Resulta llamativa la decisión del fiscal Gilberto Rodríguez en un caso donde existen decenas de ilegalidades. Solicitaremos el reexamen del caso y seguiremos denunciando este acuerdo ilegal, perjudicial e inconveniente”, escribió el senador del MPP Charles Carrera en su cuenta de Twitter.

Consultado por Montevideo Portal, el político confirmó que se recurrirá la decisión.

Por su parte, el también senador Mario Bergara escribió: “Sorprendente decisión del fiscal de archivar la denuncia referida al abuso de funciones y falsificación ideológica de varios jerarcas del gobierno. Estudiaremos detenidamente las 185 páginas del dictamen y seguramente solicitemos la revisión del caso. Se entregó un monopolio en el puerto de Montevideo sin solicitar ni un solo informe jurídico, económico o técnico. Un monumento al abuso de funciones. Muy preocupante”.

En el dictamen, el fiscal Rodríguez concluyó que “la información agregada y la que pudiere obtenerse a esta altura de la instrucción (aún la requerida en la segunda ampliación de la denuncia), no permite corroborar extremos de la teoría del caso, aunque sí concluir que las conductas que se pretenden imputar carecen de relevancia jurídico penal”, al no encontrarse “elementos para la configuración objetiva ni subjetiva” del delito que se investigó.  

“En efecto, no se trata de los hechos imputados (firma del acuerdo del 25 de febrero de 2021, y ausencia de asesoramiento por el directorio de la ANP) que son ‘admitidos’ por los indagados, sino de las connotaciones típicas de las conductas que además fueron realizadas en el contexto de una decisión de conveniencia y oportunidad, en el marco de la política portuaria, cuyo establecimiento y control de ejecución se asigna al Poder Ejecutivo (artículo 7 de la ley 16.246)”, afirma en el dictamen Rodríguez.

En esta línea, el fiscal agrega: “Por supuesto que ello no les exonera del cumplimiento de la ley, de obrar en el marco de su competencia y de articular otros principios fundamentales como el de la libre competencia regulada y las actividades monopólicas que deben ser prevenidas de acuerdo a lo dispuesto por la Constitución de la República. Aquí es donde, a juicio del dicente, se asienta el problema del análisis jurídico del punto, en tanto los actos cometidos siguieron un trámite de desarrollo en el contexto de determinadas decisiones de mérito y oportunidad (aspectos que refieren a los motivos que fundamentan la adopción de decisiones administrativas siempre dentro del marco de la legalidad), que ofrecen ambigüedad suficiente como para establecer una razonable certeza de culpabilidad”.

En esta línea, Rodríguez se refiere a la decisión del presidente de la Administración Nacional de Puertos (ANP), Juan Curbelo, de no notificar al resto de los directores de la ANP sobre el acuerdo con Katoen Natie y menciona la característica de confidencialidad del contrato firmado entre el Gobierno y la empresa.

“En mi opinión, el asesoramiento no fue correctamente brindado en el plano formal, tal como lo manifestaron los denunciantes y alguno de los consultantes interrogados. Pero resulta necesario tener en cuenta que la omisión de noticiar a los demás directores (de la ANP) de las gestiones que venía cumpliendo, debe leerse en el contexto de la confidencialidad que también había sido dispuesta para los demás imputados, quienes representaban al Poder Ejecutivo, a la Presidencia de la República, al MTOP y a la ANP. Estos aspectos deciden la consideración de elementos subjetivos como el dolo típico y la exigibilidad de un comportamiento alternativo, aunque puedan existir válidos cuestionamientos a la forma de gestionar el acuerdo celebrado con Katoen Natie. Por todo lo expuesto y lo dispuesto por el art. 98 del Código del Proceso Penal, se procederá al archivo de las actuaciones”, finaliza Rodríguez su dictamen.

La denuncia fue presentada por el Frente Amplio en setiembre de 2021 y ampliada en dos oportunidades, en febrero y octubre de este año. Se apuntaba, en particular, a la actuación de cuatro jerarcas del Gobierno que participaron en el acuerdo celebrado entre el Poder Ejecutivo y Katoen Natie: Luis Alberto Heber, Rodrigo Ferrés, Juan Curbelo y Juan José Olaizola. A juicio de la bancada del FA, los mencionados cometieron el delito de abuso de funciones durante el proceso de la firma del acuerdo entre Katoen Natie y el Estado uruguayo.

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