El Consejo Directivo Central (CDC) de la Universidad de la República evalúa este martes el pedido de destitución del profesor Martín Sambarino realizado por el Consejo de Facultad de Ciencias tras una denuncia de acoso sexual.

Un grupo de docentes e investigadoras de Udelar envió a Montevideo Portal para su publicación una “carta pública: un llamado a la reflexión y al desagravio en torno al caso del profesor Sambarino”.

A pedido de las firmantes, transcribimos a continuación la carta íntegramente:

“Carta pública: un llamado a la reflexión y al desagravio en torno al caso del profesor Sambarino

Al Sr Rector de la Universidad de la República,

Lic Rodrigo Arim,

Por su intermedio, a la delegación del Consejo Directivo Central, al colectivo universitario y a la sociedad toda,

El 10 de junio de 2019, una Doctora en Matemática y docente de la Facultad de Ingeniería presentó ante la Comisión Central de Prevención y Actuación ante el Acoso y la Discriminación de Udelar, una denuncia contra el Profesor Martín Sambarino, docente del Centro de Matemática de la Facultad de Ciencias, que derivó en una investigación administrativa por parte de la Dirección General de Jurídica de Udelar (DGJ). Esta dictaminó ‘la existencia de acoso sexual’ y concluyó que ‘hay credibilidad objetiva y verosimilitud en la denuncia’. Una vez recibido este dictamen, el Consejo de Facultad de Ciencias solicitó al Consejo Directivo Central (CDC) la destitución del docente. El CDC aguardaba el informe de la Comisión Nacional de Servicio Civil para resolver acerca de la solicitud (el artículo 63 de la Constitución de la República establece que es competencia de ese organismo pronunciarse sobre las destituciones de funcionarios en último término ‘una vez culminada la instrucción correspondiente, antes de la resolución de la autoridad administrativa’). Dicho informe concluye que ‘no se ha acreditado la configuración de los presupuestos para proceder a la destitución propuesta’, contradiciendo el dictamen de la DGJ, tras un estudio exhaustivo del expediente. El informe no sólo niega que se haya comprobado acoso sexual, sino que especifica que no se ha configurado falta administrativa que amerite sanción alguna.

Existen tres dictámenes jurídicos con la misma conclusión: no se configuró acoso. Al informe expedido por la Comisión Nacional de Servicio Civil se suman los informes elaborados por los abogados Dr. Martín Risso, constitucionalista, y Dra. Marina Morelli, integrante de la organización ‘Mujer Ahora’, con amplia experiencia en la temática de género.

Por más información con respecto a este caso, remitimos a los siguientes vínculos dentro del blog Videlar: https://videlar59462789.wordpress.com/2021/11/25/recuento-cronologico/ y https://videlar59462789.wordpress.com/2021/12/05/desarrollos-recientes/.

Las abajo firmantes, docentes e investigadoras de la Universidad de la República, apoyamos toda iniciativa a favor de la igualdad de género y de la defensa de los derechos de las mujeres, en particular en el ámbito académico. No dudamos de la gravedad del acoso sexual como fenómeno social e individual. En este sentido, repudiamos la larga serie de incongruencias que acompañaron el proceso que condujo al pedido de destitución. Son muestra de la falta de garantías, tanto para denunciante como para denunciado, que padece aún hoy Udelar. Gran parte de los esfuerzos realizados en abrir caminos constructivos en relación a las situaciones de acoso se ven opacados por estas faltas. 

Resaltamos algunas irregularidades en los procedimientos de Udelar en torno al caso:

-       ilegalidad en el accionar de la Comisión de Prevención y Actuación ante el Acoso y la Discriminación: filtraciones a la prensa, documentación extraviada, parcialidad tendenciosa de los informes, actuación de una persona en nombre de un equipo;

-       posicionamientos a priori (sin lectura del expediente) de distintos colectivos e individuos que aceptaron ciegamente la culpabilidad del acusado;

-       falta de amparo a un docente y a un colectivo que se vio violentamente difamado por la prensa y por las redes;

-       incumplimiento de los plazos en varias instancias del proceso: la Udelar lleva 2 años y 10 meses instruyendo este caso, lo que ha superado con creces el derecho de todo sujeto a que su procedimiento tenga una duración razonable (derecho reconocido en la Convención Americana de Derechos Humanos y en la Constitución de la República).

Fueron estas acciones las que propiciaron el linchamiento público de un docente, causándole un daño de incalculable dimensión (como persona, docente e investigador) y, sometieron a presión la actuación del Consejo de Facultad de Ciencias.

Consideramos que no se puede, aun en nombre de una causa justa, atropellar el derecho de las personas; esto termina volviéndose en contra de la lucha por la igualdad de género y desacreditando las denuncias.

Entendemos que los distintos colectivos de Udelar se deben una amplia y profunda reflexión sobre su accionar. Para comenzar a recorrer ese camino, solicitamos un pedido público y claro de disculpas a Martín Sambarino y a la comunidad Matemática del Uruguay. El daño es inconmensurable pero todavía estamos a tiempo de rectificarlo, al menos en cierta medida.

Firmantes:

1)    Alice Altesor Hafliger (Instituto de Ecología y Ciencias Ambientales - Facultad de Ciencias - C.I. 1648728-6)

2)    Marcia Alvarez Alonso (Instituto de Ingeniería Química- Facultad de Ingeniería, C.I. 4.733.241-6)

3)    Leticia Burone Magariños (Instituto de Ecología y Ciencias Ambientales - Facultad de Ciencias - CI 2.700293-2)

4)    Eleonora Catsigeras García (Instituto de Matemática y Estadística - Facultad de Ingeniería - C.I. 1386599-2)

5)    Eleonora Celentano Campodónico (Instituto de Biología - Facultad de Ciencias - C. I. 273839-7)

6)    Mónica Inés Dalmao Silveira Correa (Departamento de Matemática y Estadística del Litoral - Cenur Litoral Norte - C.I. 30814203)

7)    Anita De Álava (Undecimar - Facultad de Ciencias - C.I. 1.895.928-7)

8)    Fabiana Espíndola Ferrer (Departamento de Pedagogía, Política y Sociedad - Facultad de Humanidades - C.I. 1806723-4)

9)    Anabel Fernández Constenla (Instituto de Biología - Facultad de Ciencias - C.I. 1588864-1)

10) Virginia Fernández Ramos (Departamento de Geografia - Facultad de Ciencias, C.I 1301677-9)

11) Ana María Ferrari Castilla (Clínica Pediátrica - Facultad de Medicina - C.I. 871727-9)

12) Mónica Gómez-Erache (Instituto de Ciencias Ambientales - Facultad de Ciencias - C.I. 1704433-2)

13) Leticia Ivón González Carreira (Licenciatura de Gestión Ambiental - CURE Maldonado - C.I. 3517329-2)

14) Nancy Guelman Tenenbaum (Instituto de Matemática y Estadística - Facultad de Ingeniería - C.I. 4733079-7)

15) Ofelia Gutiérrez de Marañón (UNICIEP - Instituto de Ecología y Ciencias Ambientales - Facultad de Ciencias - C.I. 1510522-1)

16) Mariana Haim Vásquez (Centro de Matemática - Facultad de Ciencias - C.I. 1928430-2)

17) María Eugenia Jung Garibaldi (Archivo General de la Universidad - C.I. 1947650-5)

18) Alejandra Kun González (Departamento de Biología Celular y Molecular - FCien - C.I. 1459408-3)

19) Lucía Lewowicz Dobsky (Departamento de Historia y Filosofía de la Ciencia - Facultad de Humanidades y CCE - C.I. 1273202-3)

20) Vania Markarián Durán (co-coordinadora Archivo General Udelar, C.I. 1934493-2)

21) Matilde Martínez García (Instituto de Matemática y Estadística - Facultad de Ingeniería - C.I. 1964717-8)

22) Mariana Meerhoff Scaffo, (CURE Maldonado, C.I. 1852569-8)

23) Leticia Morales Tantardini (Departamento de Matemática - Facultad de Ciencias Económicas - C.I. 3336753-2)

24) Yanina Panzera Crespo (Sección de Genética Evolutiva - Facultad de Ciencias - C.I. 1743968-8)

25) Elena Peel Canabal (Instituto de Ciencias Geológicas - Facultad de Ciencias - C.I. 1812286-4)

26) Laura Perez Becoña (PDU Geociencias del Holoceno - CURE Rocha - C.I. 3431981-5).

27) Fabiana Pezzani Gutiérrez (Sistemas Ambientales - Facultad de Agronomía - C.I. 2719017-1)

28) Carolina Puppo Etcheverry (Instituto de Matemática y Estadística - Facultad de Ingeniería - C.I. 4373530-9)

29) Claudia Rodríguez Fábregas (Instituto de Ecología y Ciencias Ambientales - Facultad de Ciencias C.I. 1571616-7)

30) Matilde Rodríguez Urquiola (IECA - Facultad de Ciencias - C.I. 4673893-4)

31) Leda Sánchez Bettucci (Instituto de Ciencias Geológicas - Facultad de Ciencias - C.I. 1382208-9)

32) Lucía Simón Delfino (Comisión Sectorial de Investigación Científica y Facultad de Información y Comunicación - C.I. 4396819-4)

33) Sabina Vidal Macchi (Instituto de Química Biológica - Facultad de Ciencias - C.I. 1663074-8)

34) Isabel Wschebor Pellegrino (Archivo General de la Universidad - C.I. 3848174-1)

35) Juliana Xavier Saavedra (Instituto de Matemática y Estadística - Facultad de Ingeniería - C.I. 4118535-0)

36) Lucía Xavier Saavedra (Instituto de Ingeniería Química - Facultad de Ingeniería - C.I. 4118534-4)"

Otra carta pública

Por otra parte, la semana pasada otro grupo de docentes e investigadores de la Udelar, integrado por hombres y mujeres, remitió a “integrantes del CDC de la Udelar” otra carta sobre el mismo asunto y con planteos similares.

“Además de los enormes perjuicios que el largo proceso ha producido y continúa produciendo al sumariado, las actuaciones de diversos organismos universitarios han conspirado contra la confianza y el respeto que debe merecer la Universidad. Urge que su máxima autoridad actúe prontamente y enderece el rumbo: debe cultivarse la justa y equilibrada relación entre los integrantes de la Institución, sin que eso implique injusticias o desequilibrios”, expresa la carta firmada el viernes 29 de abril en Montevideo y difundida en redes sociales.

La misiva, que cita un artículo sobre el caso publicado por Montevideo Portal el 21 de marzo de este año, lleva las firmas de Alice Altesor, Enrique Cabaña, Gerardo Caetano, Eleonora Catsígeras, Omar Defeo, Raúl Donangelo, Julio Fernández, Walter Ferrer, Rodolfo Gambini, Marcelo Lanzilotta, Roberto Markarian (exrector de Udelar), Matilde Martínez, Eduardo Mizraji, Iván Pan, Fernando Peláez, Álvaro Rovella y José Vietez.