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Consultorio Jurídico de Udelar: a fiscal le faltó “perspectiva de género” en caso Cordón

“No especificó las razones por las que entendió a las evidencias como insuficientes”, expresó la defensa de la denunciante.

26.04.2023 20:52

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2023-04-26T20:52:00-03:00
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El Consultorio Jurídico Penal de asistencia a las Víctimas de Facultad de Derecho de la Universidad de la República (Udelar) afirmó este miércoles que a Fiscalía le faltó “perspectiva de género” al solicitar el sobreseimiento de los tres denunciados por una supuesta violación en el barrio Cordón,

En un comunicado, la defensa de la víctima denunciante, ejercida por el mencionado consultorio, dio tres razones por las que apeló el archivo de la causa por parte de la Justicia, tras el pedido de sobreseimiento de Judith Rodríguez, fiscal adscripta de 4º Turno de Delitos Sexuales y Violencia basada en Género.

“La oposición de esta defensa se fundó en tres razones, siendo la primera la garantía de acceso a la justicia y tutela judicial efectiva, que, en el sistema actual, incluye la posibilidad de que el caso sea reexaminado por un fiscal subrogante, antes de negar definitivamente la posibilidad de llegar a juicio”, expresó el Consultorio Jurídico.

“El segundo fundamento es que, en virtud de la debida diligencia reforzada requerida en este tipo de investigaciones, debieron agotarse todas las posibilidades de colectar evidencias, lo cual era posible, en tanto los dos años previstos legalmente [para investigar antes de presentar una acusación en el juicio] se cumplirían en febrero de 2024”, agregó.

Por último, manifestó que discrepa con la valoración que realizó Fiscalía de las evidencias y pruebas existentes, en tanto no aplicó la herramienta o variable de análisis “perspectiva de género, siendo obligatoria su aplicación en esta materia para el Estado”. Además, explicó que la fiscal “no especificó las razones por las que entendió a las evidencias como insuficientes o contradictorias, impidiendo así el oportuno control por parte de esta defensa técnica”.

“En caso de que se dispusiera el reexamen de la causa, entendemos que el fiscal interviniente no debería ser el de 8º Turno de Delitos Sexuales y Violencia basada en Género, en virtud de que ya intervino varias veces en la investigación y, en ese sentido, no se cumpliría con la garantía de que el caso sea revisado por un fiscal que no haya participado en el asunto hasta la actualidad”, expresa el comunicado del Consultorio Jurídico.

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