El Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 5° Turno revocó la sentencia de primera instancia y resolvió condenar a la Intendencia de Cerro Largo a pagar US$ 25.350 a un hombre que había comprado una moto con documentación adulterada. El recurso fue presentado por el abogado Guzmán Yglesias.

El caso tuvo un giro clave en segunda instancia, en la cual se entendió que sí existió responsabilidad estatal por fallas en el control administrativo.

Giro

En primera instancia, la Justicia había rechazado la demanda contra la intendencia y responsabilizado únicamente al vendedor del vehículo. Sin embargo, el tribunal concluyó lo contrario y determinó que el gobierno departamental incurrió en una “falta de servicio”, al no detectar irregularidades evidentes en la documentación presentada para empadronar la moto.

Según surge de la sentencia de segunda instancia el proceso de empadronamiento funcionó mal, con fallas en el control y vigilancia que permitieron validar documentación falsificada, según informó en primero El País y confirmó Montevideo Portal al acceder a los documentos judiciales.

Maniobra

El comprador adquirió la moto en 2021 confiando en que toda la documentación era válida, incluso con intervención notarial. Sin embargo, la investigación posterior determinó que el vehículo era de procedencia extranjera y que había ingresado de forma irregular al país, al tiempo que se utilizaron documentos falsificados para simular una compra en remate. Además, se detectaron inconsistencias claras en fechas, domicilios y certificados, lo que evidenciaba la irregularidad de la documentación presentada.

Pese a estas irregularidades, la intendencia empadronó el vehículo y expidió la libreta de propiedad, lo que —según el Tribunal— generó una confianza legítima en el comprador.

La clave

El tribunal aplicó el criterio de responsabilidad estatal y concluyó que el Estado debe responder cuando el servicio no funciona, funciona mal o lo hace de forma irregular. En este caso, entendió que existió una omisión en los controles, pese a que la falsificación fue calificada como “clara y burda” por la Fiscalía.

Asimismo, el fallo señala que no puede admitirse que el sistema haya funcionado correctamente cuando se empadronaron vehículos con documentación adulterada en condiciones similares, lo que refuerza la existencia de fallas en los mecanismos de control.

Resolución

El fallo dispuso condenar a la Intendencia de Cerro Largo a pagar US$ 25.350, equivalente al valor de la moto adquirida por el demandante, y revocar la exoneración de responsabilidad estatal que había sido dictada en primera instancia. Además, dejó sin efecto la condena al vendedor en esta sede, al entender que no correspondía en ese proceso. Cabe resaltar que la comuna ya abonó la cifra correspondiente. 

En cuanto al resto del reclamo, el tribunal mantuvo el criterio de desestimar los pedidos por daño moral y otros perjuicios económicos, al considerar que no fueron debidamente probados.

El abogado Yglesias, director del estudio jurídico Yglesias & Asociados, señaló que el proceso no fue sencillo y que existían antecedentes de casos similares que no prosperaron, pese a tratarse de situaciones prácticamente idénticas.

Según explicó, el litigio fue “largo y reñido” y requirió demostrar en detalle no solo el perjuicio sufrido por el comprador de buena fe, sino también las irregularidades en el funcionamiento del sistema de empadronamiento. En ese sentido, destacó que en primera instancia la Intendencia había sido exonerada de responsabilidad, lo que obligó a recurrir el fallo.

Tras la apelación, el tribunal revocó esa decisión y condenó al gobierno departamental, en una resolución que —según el letrado— puede marcar un precedente para otros damnificados.

Yglesias también sostuvo que este tipo de fallos refuerza la idea de que el Estado debe garantizar la seguridad jurídica de los contribuyentes y de quienes adquieren bienes confiando en documentación oficial.