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Judiciales

Orden de pago

Casa de Galicia: fiscal pidió imputar a Alberto Iglesias por “fraude concursal”

Gilberto Rodríguez descartó las denuncias realizadas por el MSP. Pero de la investigación surgió que se favoreció a acreedores.

19.02.2024 16:44

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2024-02-19T16:44:00-03:00
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El expresidente de Casa de Galicia Alberto Iglesias declaró este lunes ante el fiscal de Delitos Económicos Gilberto Rodríguez, por las denuncias que hizo el Ministerio de Salud Pública (MSP) por presuntas irregularidades en la administración de la exmutualista,

Tras comparecer ante el fiscal, Iglesias dijo en rueda de prensa que se iba “reconfortado” porque todas las denuncias que realizó el MSP, “el gobierno, ninguna de las 12 prosperó”.

“Nos vamos con la tranquilidad de saber que todo lo que decíamos, que se habían inventado todas esas situaciones para distraer a la gente, mientras por el otro lado entregaban Casa de Galicia, la desguazaban. Nos despojaban a la colectividad gallega de Casa de Galicia. Hoy queda demostrado que todo fue creado, inventado”, afirmó.

Sin embargo, Iglesias reconoció que surgió de la investigación que cinco días antes de la presentación del concurso se firmó documentación que “puede comprometer” su accionar.

“En ese período, si uno firma un documento en el que se favorece un acreedor sobre el resto de los acreedores, está cometiendo un acto irregular. Igualmente, me voy con la tranquilidad de ninguna de las denuncias que me había el gobierno prosperó”, dijo Iglesias. La documentación se trata de dos órdenes de pago firmadas antes de la presentación a concurso.

Según informó Rodríguez en rueda de prensa, no hará lugar a las denuncias realizadas por el MSP contra Iglesias (estafa, apropiación indebida, entre otras), pero sí pidió la imputación por “fraude concursal” y por el delito de insolvenica societaria fraudulenta. 

El artículo 248 de la Ley de Proceso Concursal establece: “El deudor que en oportunidad de la solicitud de concurso o en cualquier etapa posterior, acuerde u otorgue a sus acreedores ventajas particulares, será castigado con un año de prisión a cinco años de penitenciaría. En el caso de las personas jurídicas, incurrirán en este delito los socios, directores, administradores, de hecho, o de derecho, que hayan aprobado la realización o hayan realizado los actos constitutivos del delito”.

Por su parte, la Ley 14.095, que tipifica los delitos económicos, establece que el delito de insolvencia societaria fraudulenta se aplica a “el que procurarse un provecho injusto, para sí o para otro, ocultara, disimulara o hiciese  desaparecer, parcial o totalmente, el patrimonio de una empresa en perjuicio de un tercero, será castigado con pena de doce meses de prisión a diez años de penitenciaría”.

“Un par de días previos a la solciitud del concurso judicial se firmaron una serie de órdenes de pago cuyo vencimiento era bastante lejano. Eso altera el orden y la prelación de los acreedores ante un eventual concurso, que se solicita dos días después. Las órdenes las firmó Iglesias y lo hizo con la intención de realizarlo dos días antes del concurso”, detalló el fiscal. 

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