Se publicó el decreto del Poder Ejecutivo que establece el importe de la canasta de fin de año, Para este año será de $600, lo que representa un aumento de 100 pesos con respecto al año pasado. Unos 150.000 pasivos se verán beneficiados por la canasta.
Los beneficiarios serán todos los jubilados y pensionistas que cobraron la canasta el año pasado, (siempre y cuando continúen dentro de los requisitos que establece el decreto), más los nuevos jubilados y pensionistas del año 2011 que alcancen el derecho.
Los requisitos son dos. En primer lugar, que la pasividad no supere las 3 BPC ($6.678) y en segundo lugar, que concomitantemente integren hogares de menores de recursos. Es decir, que el promedio de ingreso por integrante del hogar tampoco supere las 3 BPC. Se deben cumplir los dos requisitos conjuntamente.
En el caso de los pensionistas, los beneficiarios deben ser mayores de 65 años. Concluyendo, quienes recibirán la canasta deben cumplir los dos requisitos, y si son pensionistas además deberán tener más de 65 años.
El procedimiento que instrumentará el BPS es el siguiente: con el recibo del BPS, que el jubilado o pensionista beneficiario recibirá al cobrar su pasividad en la primera quincena de diciembre, llegará también un segundo recibo de similares características, donde se especifica que es beneficiario de una canasta de fin de año por un valor de 600 pesos.
Con ambos recibos el pasivo podrá presentarse directamente para comprar alimentos y similares en almacenes, panaderías, confiterías, carnicerías, quioscos y fábricas de pastas de todo el país. Este beneficio se logra entre el BPS con la Organización Nacional de Asociaciones de Jubilados y Pensionistas del Uruguay (ONAJPU) y con las cámaras y asociaciones de pequeños empresarios (Cámara Nacional de la Alimentación, CAMBADU, Centros Comerciales del Interior - CEDU). Los comercios adheridos estarán debidamente identificados con un afiche en el frente del mismo.
En el caso de pasivos que tengan una pasividad inferior a $6.678, y que no hayan presentando declaración jurada de ingresos de su núcleo familiar, deberán hacer la declaración jurada en el BPS. Este aviso aparecerá en el recibo de la pasividad de noviembre, la cual será cobrada en la primera quincena de diciembre y cuyo recibo llega en los últimos días de noviembre y primeros de diciembre.