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La ley y el orden

Acuerdo entre Marcelo Balcedo y Fiscalía reaviva cuestionamientos a los juicios abreviados

El penalista Gúmer Pérez dijo a Montevideo Portal que “el Código de Proceso Penal le da todas las posibilidades de negociar a la Fiscalía y las mínimas a la defensa”.

02.10.2020 19:01

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2020-10-02T19:01:00-03:00
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Este jueves el empresario y sindicalista argentino Marcelo Balcedo y su pareja Paola Fiege llegaron a un acuerdo abreviado con Fiscalía y evitarán la prisión, según informó Telenoche 4 y confirmó Montevideo Portal con fuentes allegadas al caso.

Para lograr este acuerdo, la pareja debió declararse culpable de los delitos de lavado de activos, contrabando y tráfico de armas, que fueran imputados por la Justicia luego de que se hallara en la casa gran cantidad de dinero en efectivo, coches de alta gama y armas.

El juicio abreviado fue introducido por el Nuevo Código de Proceso Penal (CPP) y consiste en que un imputado puede recibir una condena reducida a cambio de admitir su responsabilidad en un delito.

Para lograr este acuerdo, la pareja debió declararse culpable de los delitos de lavado de activos, contrabando y tráfico de armas, que fueran imputados por la Justicia luego de que se hallara en la casa gran cantidad de dinero en efectivo, coches de alta gama y armas.

En diálogo con Montevideo Portal, el abogado penalista Gúmer Pérez sostuvo que "a partir de noviembre de 2017 todos los procesos penales se tramitan por un proceso acusatorio en el cual el fiscal es el que lleva adelante la investigación y es el acusador público".

Pérez que este modelo procesal acusatorio actual "establece varios tipos de proceso, el juicio oral y los juicios abreviados". "Entiendo que en Uruguay ha predominado la instancia del juicio abreviado sobre el juicio oral.

Para eso basta leer las estadísticas, que marcan que más de un 90% de los casos se tramitan mediante procesos abreviados, y menos de un 10% son llevados juicios orales", explicó el penalista.

Además, Pérez señaló que "hay una parte muy importante de casos que no van a juicio". "El proceso abreviado consiste en que la persona imputada durante la indagatoria reconoce hechos y por esos hechos pacta con el fiscal, que puede llegar a rebajarle hasta un tercio de la pena de ese delito", agregó.

El abogado penalista señaló que "se impide llegar a la realidad del caso, porque a veces a la persona acusada se la hace responsable de reconocer los hechos e inmediatamente el juez dicta una sentencia de condena. A veces con tal de evitar un juicio para que la sentencia pueda afectar en una mayor proporción muchos de los imputados reconocen hechos que no son tales para evitar algún daño posterior".

Pérez cree que "el CPP le da todas las posibilidades de negociar a la Fiscalía y las mínimas a la defensa. La defensa puede no llegar a conocer las pruebas, no maneja la investigación indagatoria y es Fiscalía quien maneja esas evidencias".

"Fiscalía tiene que abrir la carpeta de la investigación. Muchas veces defensores de formalizados nos topamos con que Fiscalía oculta o escatima en algún tipo de evidencia. Eso hace que la defensa al estar disminuida no lleva el caso a juicio oral, sino prefiere ir a un juicio abreviado", añadió.

Pérez cree que hay "una diferencia notoria a favor de la Fiscalía, que impone las condiciones". "Hay una especie de pacto en su beneficio", comentó el penalista.

Por otro lado, Pérez cree que "la prisión preventiva debería ser la excepción y no la regla". "En muchos casos, a veces, las solicitudes de formalización de Fiscalía imponen estas medidas. Muchas formalizaciones conllevan prisiones preventivas cuando no amerita el caso que se está estudiando", opinó.

Pérez puntualizó en algunos ejemplos: "cuando la persona no tiene elementos para entorpecer la investigación, tiene arraigo en el país (familia, trabajo, es un connotado ciudadano), no hay riesgo de fuga porque las fronteras están cerradas o si no hay un móvil de resentimiento contra la víctima porque fue un delito menor".

Montevideo Portal


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