El abogado penalista Juan Pablo Decia explicó por qué Daniela Cabral, viuda de Gustavo Basso, podría estar cometiendo un delito al utilizar los bienes del fallecido socio de Conexión Ganadera.
La polémica comenzó después de que trascendiera que Cabral cumple su prisión preventiva en un apartamento de Punta del Este. En ese sentido, Decia, abogado defensor de afectados por el fraude económico de la empresa de Basso y Pablo Carrasco, recordó el artículo 31 de la ley 19.574 de Lavado de Activos, que podría alcanzar los bienes que utilizan los herederos del fallecido.
En diálogo con Montevideo Portal, el penalista sostuvo que el artículo mencionado “regula el delito de posesión y tenencia de bienes, productos o instrumentos que procedan de cualquiera de las actividades delictivas precedentes que la ley regula”.
En ese sentido, el abogado indicó que “la estafa es una actividad ilícita precedente al lavado”, por lo que el artículo 31 “castiga a quien utilice un bien que proceda una actividad delictiva precedente”.
En el caso de los herederos de Basso, “el solo hecho de utilizar los bienes hace presumir, primariamente, la comisión de un delito de lavado de activos en la modalidad de posesión y tenencia”, afirmó Decia.
El penalista sostuvo que tanto Cabral como las hijas de Basso ocupan bienes que “también fueron objeto de embargo y adquiridos con dineros ilícitos” y “están vinculados a las actividades delictivas precedentes a la ley de lavado”.
Decia afirma que “el solo hecho de detentar la tenencia o la posesión hace incurrir a quien tenga ese bien a su nombre que fue adquirido con dinero ilícito, producto de actividades delictivas precedentes en el delito de posesión y tenencia, que es de lavado de activos, cuya pena oscila entre los 2 y los 15 años”.
En el caso de las hijas, dijo el abogado, deberán demostrar que adquirieron sus bienes con dinero producido en una actividad lícita para no tener ningún tipo de imputación y justificar su inocencia.
“Si no puede justificar esa adquisición mediante otra actividad que les haya dado los recursos para poder adquirir esos bienes, ellos también quedan inmersos en un delito de posesión y tenencia”, expresó.
De este modo, Decia, que calificó como una “ironía” que Cabral cumpliera su prisión preventiva desde Punta del Este, afirmó que la situación de la viuda y sus hijas “es la prueba irrefutable de la consumación de un delito de lavado de activos en la modalidad de ‘tenencia y posesión’”.
Tal como informáramos, la Justicia resolvió declarar el concurso necesario de la herencia que Basso dejó a su esposa y a sus hijas, para que sea parte del acervo administrado por el síndico Alfredo Ciavattone para recuperar dinero y pagarles a los acreedores, informó El País y confirmó Montevideo Portal con fuentes judiciales.
De acuerdo con la resolución de la Justicia, un grupo de propietarios de bienes de inmuebles rurales que dieron en arrendamiento Hernandarias XIII a la empresa de Basso y Carrasco hicieron la solicitud de que la herencia de Basso sea utilizada para los acreedores, ya que, representados por Estudio Bragard, Orihuela y Graciana Abelenda, señalaron que la herencia del fallecido es “insolvente”.
En una primera instancia, Cabral y sus hijas se opusieron a la solicitud de que la herencia de Basso fuera declarada a concurso. Sin embargo, la Justicia consideró que “corresponde” que el dinero sea destinado a los afectados por Conexión Ganadera.
El activo de Basso tiene US$ 13.422.500 de participaciones en empresas; la mayoría son del grupo Conexión Ganadera. Asimismo, unos US$ 21.984.703 corresponden a una deuda con el frigorífico Casablanca S. A., que el empresario habría prestado antes de morirse. En ese sentido, la Justicia considera que US$ 35.407.203 están en riesgo, por lo que el activo concreto de la sucesión sería de US$ 6.526.448. La cifra incluye autos de alta gama y apartamentos —uno en el edificio Imperiale de Punta del Este, donde Cabral cumple prisión preventiva—.
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