La diputada por el Movimiento de Participación Popular (MPP), Cecilia Cairo, ingresó a un local de la coalición ubicado en Yaguarón casi Mercedes para señalar que un cartel puesto en la puerta “mentía” sobre un artículo de la Ley de Urgente Consideración (LUC).

El cartel en cuestión decía que el sí (a la derogación de los artículos de la ley) “esconde y baja penas a violadores, asesinos y narcos”.

Cairo entró al local y habló con un exedil por el Partido de la Gente, y le señaló que el Registro de Violadores “se votó por unanimidad”.

“En segundo lugar, no es baja de penas ni para los violadores ni para los asesinos. Eso no es cierto, no está bueno que lo escribas. A la gente hay que informarle bien”, comentó sobre el artículo 86 que se pretende derogar.

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¿Qué dice la LUC?

El artículo 86 de la LUC señala que “el juez concederá la redención de pena por trabajo a los condenados a pena privativa de libertad. A los procesados y condenados se les conmutará un día de reclusión por dos días de trabajo. trabajo sin perjuicio de lo previsto en este artículo para determinados delitos”.

“Para estos efectos no se podrán computar más de ocho horas diarias de trabajo. La autoridad carcelaria determinará los trabajos que deban organizarse en cada centro penitenciario, los que junto con los trabajos realizados durante las salidas transitorias autorizadas por el Juez competente, serán los únicos válidos para redimir pena. También procurará los medios necesarios para crear fuentes de trabajo, industriales, agropecuarias o artesanales según las circunstancias y las posibilidades presupuestales. Para los efectos de la evaluación del trabajo en cada centro de reclusión habrá una Junta Asesora formada por personal designado por la autoridad carcelaria. El Juez concederá la redención de pena por estudio a los condenados a pena privativa de libertad. A los procesados y condenados se les abonará un día de reclusión por dos días de estudio sin perjuicio de lo previsto en este artículo para determinados delitos. Se computará como un día de estudio la dedicación a dicha actividad durante seis horas semanales, así sea en días diferentes. Para esos efectos, no se podrán computar más de seis horas diarias de estudio”, dice el artículo.

“Créase un Registro Nacional de Violadores y Abusadores Sexuales, el cual estará a cargo del Ministerio del Interior (MI)”, comienza el artículo 104 de la LUC. En dicho registro estarán los datos de todas las personas condenadas por delitos sexuales, desde violación hasta abuso sexual sin contacto corporal. Este artículo no está entre los 135 que se pretenden derogar en el referéndum del 27 de marzo.