El Senado aprobó este miércoles a la noche, con votos del Frente Amplio, Cabildo Abierto y los legisladores nacionalistas Sergio Botana y Juan Straneo, el proyecto de ley que propone indemnizar a 2.036 extrabajadores de Casa de Galicia.
La iniciativa ahora pasa a la Cámara de Diputados, que sesiona este jueves a la tarde. Al inicio de esa sesión del plenario se votará para ver si se trata el proyecto con carácter grave y urgente, al igual que como se procedió en el Senado.
La norma es “una cruza de algunas cosas” propuestas por el Frente Amplio (FA), Cabildo Abierto (CA) y la iniciativa presentada por el nacionalista Sergio Botana, según indicó este miércoles a Montevideo Portal el senador frenteamplista José Carlos Mahía. “Recoge elementos de varios”, añadió, al tiempo que detalló que la votación fue unánime entre los presentes en sala.
Gran parte de los senadores de la coalición se retiraron de la sala al momento de tratar el proyecto de ley. Se fueron “la mayoría del Partido Nacional y la totalidad del Partido Colorado”, informó Mahía, por eso terminaron votando la iniciativa el FA, CA, Botana y Straneo.
¿Qué dice el proyecto?
El proyecto, al que accedió Montevideo Portal, establece en su primer artículo la creación en el Banco de Previsión Social (BPS) de un fondo adicional para el pago de créditos laborales postconcursales de la exmutualista ,“a efectos de dar cumplimiento a lo previsto en la Ley nº 19.690 [que creó el Fondo de Garantía de Créditos Laborales en el BPS]”, del 29 de octubre de 2018, y ya que “no han sido cubiertos con el producto del concurso de dicha institución”.
Dentro de estos créditos laborales, el artículo incluye: “Sueldos o jornales, licencias, sumas para el mejor goce de la licencia anual, aguinaldo, e indemnización por despido legal, en cuanto correspondan y la multa prevista en el artículo 29 de la Ley nº 18.572, del 13 de setiembre de 2009”. Esta última norma, la Ley de Abreviación de los Juicios Laborales, establece en el mencionado artículo que “la omisión de pago de los créditos laborales generará automáticamente, desde su exigibilidad, un recargo del 10% sobre el monto del crédito adeudado”.
El segundo artículo del proyecto aprobado en el Senado señala que ese fondo adicional “se constituirá con transferencias provenientes de Rentas Generales y en el aporte del Fondo de Garantía de Créditos Laborales”.
“Los créditos laborales referidos en la presente ley se garantizarán hasta por un mínimo equivalente a 105.000 UI [Unidades Indexadas] por trabajador y deberán ser abonados en un único pago en el plazo máximo de 180 días desde la promulgación de la presente ley”, reza el artículo tercero.
A su vez, se establece que los importes recuperados por la aplicación del artículo 12 de la Ley nº 19.690 “serán reintegrados a Rentas Generales”.
“Otórguese al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social [MTSS] y al Ministerio de Salud Pública [MSP] un plazo de treinta días a partir de la promulgación de la presente ley, a efectos de verificar el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 4 y 5 de la Ley 20.022 [que reguló a qué prestadores de salud privados se destinarían los afiliados de Casa de Galicia]”, indica el quinto artículo.
En el siguiente se señala que las instituciones prestadoras de salud que hubieren incumplido lo dispuesto, tanto por esa ley (de aprobarse) como por la 20.022, serán multadas por el MSP, “procediendo este al descuento del 50% del valor de las cápitas recibidas por la distribución de socios establecida en la referida norma legal, por el tiempo que dure el incumplimiento”.
El séptimo artículo establece: “Los extrabajadores de Casa de Galicia que aún no hayan sido reinsertados por las instituciones prestadoras de salud obligadas a ello, por la Ley Nº 20.022 […] deberán ser contratados por la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) o por las instituciones comprendidas en el artículo 2º de la citada norma legal, en un plazo máximo de sesenta días, en los términos y condiciones que fije la reglamentación, tomando en cuenta entre otros aspectos el domicilio del trabajador, conocimientos, aptitudes, antigüedad, categorías laborales y condiciones generales, priorizándose aquellos trabajadores que a la fecha se encuentran en situación de desempleo y no tengan ningún tipo de vínculo con ASSE”.
“Las instituciones prestadoras de salud que hayan absorbido exfuncionarios en el marco del artículo 4º de la Ley Nº 20.022, de 14 de febrero de 2022, deberán mantener a los mismos por un plazo mínimo de dos años a partir de su ingreso, respetando la categoria laboral, carga horaria, condiciones laborales en general y remuneración que tenían en Casa de Galicia”, añade el texto.
Por último, la norma planteada crea una comisión honoraria, que integrarán un representante del MSP, uno del MTSS, otro del Ministerio de Economía, uno de la Federación Uruguaya de la Salud, otro de los extrabajadores de Casa de Galicia y uno del Sindicato Médico del Uruguay. Esta comisión “se encargará de la supervisión del cumplimiento de la presente ley”.
Según dijeron fuentes del Partido Nacional, este último artículo sufrirá una modificación y se sumará un integrante más del Poder Ejecutivo.
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