Pasemos a echar un poco de luz sobre tanta sombra. La causa judicial en la que se procesó a Alberto Fernández tuvo su inicio allá por el año 2016 cuando el Banco República (BROU) presentó denuncia penal por la venta de mercadería que FRIPUR había prendado a favor suyo en garantía de préstamos que se le habían concedido a dicha empresa.

El Directorio de la empresa FRIPUR se integraba por Máximo Fernández en su calidad de Presidente, Alberto Fernández como Vicepresidente y Magdalena Rodríguez -esposa de Máximo- como Secretaria. A su vez, trabajaban y tomaban decisiones clave en la empresa Adriana Fernández Rodríguez y Laura Fernández Rodríguez -hijas de Máximo Fernández y Magdalena Rodríguez-. Toda la familia de Máximo Rodríguez estaba dentro y en control de FRIPUR.

 La propia Adriana Fernández Rodríguez -también denunciada por el BROU- declaró en el expediente penal que quien dio la orden de vender el pescado fue su propio padre Máximo. Según relató, como el pescado es mercadería perecedera, si no se vendía en el corto plazo iba a perder su valor, por tanto la intención fue comercializarlo e inyectar el dinero obtenido para pagar los sueldos y demás gastos que le permitieran sacar su flota al agua para volver a abastecerse nuevamente de pescado. Tal como ella misma dijo, este era el procedimiento habitual en FRIPUR, donde los stock de pescado subían y bajaban en forma periódica debido a la entrada y salida de mercadería.

 Como se aprecia, la propia hija de Máximo Fernández señala que fue este quién dio la orden de vender el pescado prendado. Su propia hija lo inculpó y esto no le pareció relevante ni a la Fiscal ni al Juez de la causa.

 Además, Alberto Fernández no participaba en la gestión de FRIPUR desde el año 2013, por lo que mal pudo haber tenido voz ni voto en la decisión referida. A su vez, en el mes de agosto de 2014 FRIPUR entró en concurso y de todas las actuaciones que se hicieron hasta febrero de 2015 no se constató el faltante del pescado prendado. Como se aprecia, si el pescado se vendió entre agosto de 2014 y febrero de 2016 esto se hizo sin la participación de Alberto Fernández y, lo que es bastante más grave, con la autorización del Síndico.

La Sindicatura nunca fue citada a declarar en el expediente penal. Su testimonio acerca de quién era que administraba y gerenciaba FRIPUR por aquél entonces y con respecto a los stocks y venta de pescado hubieran sido por demás interesantes. Llama poderosamente la atención que nunca se le hubiere preguntado al respecto. Tampoco se interrogó a ninguna de las personas que integraban la Gerencia de FRIPUR en aquél entonces, los que seguramente habrían tenido información acerca de estos hechos.

 Todo lo que venimos de decir fue debidamente acreditado y probado en el expediente penal. Sin embargo a la Fiscal no le pareció importante, sino que para ella como Alberto Fernández había declarado que era el que se encargaba de las ventas de FRIPUR, ello pareció ser suficiente para imputarle el delito. No importó que ya no participara de la empresa cuando el mismo se cometió o que, incluso, la misma estuviera intervenida por un Síndico que se encargaba de controlar todos y cada uno de los movimientos de la misma.

 Otro hecho que llama poderosamente la atención es que nunca se llamó a declarar en el expediente penal al comprador de la mercadería prendada. Habría sido interesante preguntarle con quién realizó las negociaciones, quién firmó la venta y quién coordinó la entrega por parte de FRIPUR o, incluso, de qué forma se realizó el pago y a que cuentas -recordemos que la empresa estaba intervenida-. Este hecho, que sería el inicio de cualquier investigación de este tipo, inexplicablemente tampoco pareció tener relevancia para la Fiscal ni el Juez.

Además de lo dicho, cabe tener presente otro hecho. Adriana Fernández Rodríguez, a pesar de no integrar el Directorio, jugaba un rol clave en la gestión administrativa y comercial de FRIPUR. El BROU estaba al tanto de este hecho y por ello la incluyó en su denuncia sindicando que la misma habría participado en la desaparición y/u ocultación del pescado prendado.

 Por esa misma razón, Adriana y Laura Fernández Rodríguez acordaron pagar con su propio dinero toda la deuda al BROU con la condición de quedar libres de las acciones judiciales ya iniciadas. Insólitamente este hecho tampoco le generó ningún tipo de sospecha a Juez y Fiscal. Si no estaban involucradas en la maniobra delictiva, ¿por qué razón habrían sacado tanto dinero de su bolsillo para pagar las deudas referidas? Ya todos sabemos la respuesta a dicha pregunta.

En el medio de todo este proceso aparecieron Vales supuestamente firmados por Alberto Fernández a favor del BROU como garantía de los adeudos pendientes. Fernández desconoció las firmas de dichos documentos -los que habían sido suscriptos cuando él ya había abandonado FRIPUR- y demostró que habían falsificado su firma, presentó una pericia caligráfica que demuestra fehacientemente que no eran suyas. A esta altura, para sorpresa de nadie, este hecho tampoco pareció relevante en la investigación penal, la que parecería que ya estaba direccionada hacia Alberto Fernández, sin importar lo que ocurriera.

 Finalmente, el nivel de absurdo de todo este proceso llegó a su pico más alto cuando la defensa de Alberto Fernández presentó en el expediente penal una nota de la que surgía que Laura Fernández Rodríguez daba instrucciones al comprador del pescado vendido que la mitad del dinero de dicha operación se transfiriera a la cuenta de FRIPUR y la otra mitad a una cuenta personal de su padre, Máximo Fernández, en un banco de los Estados Unidos. Si con todo lo anterior no alcanzara, este hecho habría sido por sí solo suficiente para probar quiénes fueron los que decidieron y se beneficiaron de la venta del pescado. Una vez más, de forma insólita e inexplicable, ni Juez y Fiscal repararon en lo absoluto en este punto y aun así arremetieron contra Alberto Fernández.

En conclusión, vemos como los prejuicios generados y la notoriedad pública de Alberto Fernández en los últimos años tuvo como consecuencia un proceso penal sumamente irracional e irregular. Basta ver cómo se llegó a su procesamiento. Al día de hoy, Alberto Fernández no ha sido notificado personalmente del mismo, sino que se enteró por la prensa, en clara violación a las normas procesales que rigen esta materia. Ni siquiera se le concedió la oportunidad de contestar el pedido formulado por la Fiscalía, sino que se lo habría procesado sin siquiera escuchar su versión de los hechos.

 A su vez, en forma inmediata a que tomó estado público quiso comparecer a la Justicia para notificarse formalmente de lo resuelto y ejercer sus defensas, pero no le fue posible porque el juzgado ya había cerrado, por lo que recién podrá hacerlo el lunes. Quiso comparecer, no le fue permitido y, sin embargo, los propios operadores sostienen que está "prófugo". Insólito.

 Además, se trata de una persona de 75 años, con un crítico estado de salud y, sin embargo, su procesamiento se habría dictado con prisión, sin siquiera otorgársele prisión domiciliaria, otro hecho inusual pero que, a esta altura de los acontecimientos, no sorprende a nadie.

Somos conscientes que el tiempo pondrá las cosas en su lugar. Los abogados apelarán esta absurda decisión y denunciarán a los verdaderos responsables de este (y otros hechos) y confiamos en que primará la verdad y que será revocada. Sin embargo, el daño a la salud y reputación de Alberto Fernández ya está hecho y es difícil que el mismo se enmiende. Llegado el momento, todos deberán responder en el marco de la ley por los terribles perjuicios causados.