Contenido creado por Gerardo Carrasco
Salud

Una de terror

“Los jueces no pueden convertirse en un obstáculo”: días cruciales para niña embarazada

La menor de 11 años embarazada en argentina por el novio de su abuela quedó fuera del plazo para abortar. Se buscan alternativas.

26.02.2019 10:28

Lectura: 3'

2019-02-26T10:28:00-03:00
Compartir en

La administración de la provincia argentina de Tucumán evalúa a estas horas la petición de interrupción legal de embarazo de la niña de 11 años que sufrió un ataque sexual por parte de la pareja de su abuela. La solicitud, que ingresó al Hospital del Este de la ciudad de San Miguel de Tucumán, será resuelta este martes, según confirmaron fuentes cercanas al caso al periódico local La Gaceta.

En el Poder Judicial de Tucumán aguardan concretamente la definición del Sistema Provincial de Salud (Siprosa). La situación es crítica puesto que el embarazo supera las 23 semanas de gestación.

La víctima de abuso sexual solicitó la aplicación de la práctica prevista en el fallo "FAL". Esa sentencia de 2012 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación obliga a los estados provinciales a garantizar la interrupción del embarazo cuando este es producto de una violación. En esas circunstancias, el procedimiento no es punible -no genera responsabilidad penal- tanto para la mujer que lo requiere como para los profesionales que lo practican.

"Quiero que me saquen esto que me puso adentro el viejo", dijo la niña a una psicóloga del hospital donde está internada, palabras que quedaron registradas en la historia clínica, según revelaron fuentes judiciales citadas por Página 12.

Dos organizaciones no gubernamentales locales, Andhes y Cladem, exigieron respeto por la voluntad de la víctima y la puesta en marcha de los protocolos específicos mediante la emisión de un comunicado conjunto. El 22 de febrero, estas entidades se presentaron en la causa de familia para manifestar su interés en participar en ella con el carácter de amicus curiae (amigos del tribunal).

El delito padecido dejó a la niña embarazada en el centro de procesos judiciales de índole penal y civil, pero la solicitud de interrupción no puede ser judicializada, según la sentencia "FAL". El voto mayoritario que firmaron los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Raúl Zaffaroni, Juan Carlos Maqueda y Carlos Fayt establece que los médicos en ningún caso deben requerir autorización judicial para realizar esta clase de abortos y que han de practicarlos pidiendo exclusivamente la declaración jurada de la víctima, o de su representante legal, en la que manifieste que el embarazo es la consecuencia de una violación.

La Corte nacional añadió que los jueces no pueden convertirse en un obstáculo para ejercer el derecho a interrumpir el embarazo en las circunstancias mencionadas, por lo que deben abstenerse de judicializar el acceso a estas intervenciones, que quedan reservadas a lo que decidan la paciente y su médico.

El caso

Un centro de atención primaria de la salud del Este dio aviso de la situación tras detectar que la niña estaba embarazada de 16 semanas. La víctima había sido llevada por su madre al establecimiento sanitario por dolores abdominales. A continuación, manifestó que la pareja de su abuela había abusado de ella cuando los dos se habían quedado solos en la casa.

La madre de la niña hizo la denuncia y el sospechoso fue aprehendido en virtud de una orden de María del Carmen Reuter, fiscal de Instrucción en lo Penal de esta ciudad. Luego trascendió que la Justicia había quitado la tutela legal a la progenitora en 2014 debido a que su concubino, que está imputado en otra causa penal, habría abusado a dos hermanas de la niña embarazada.