La legislación uruguaya podrá tener, por primera vez, artículos que penalizan los delitos al ambiente dentro del Código del Proceso Penal (CPP). Este martes 6, en el plenario del Senado se votará un proyecto de ley inédito a nivel nacional, que fue aprobado por unanimidad en la Comisión de Ambiente de la Cámara alta. La propuesta —de 13 artículos— establece penas para los delitos por contaminación del aire, de agua, de suelo, por residuos o sustancias e introducción de desechos peligrosos, entre otros ilícitos. Tendrán penas de seis meses de prisión y hasta ocho de penitenciaría.

El subsecretario del Ministerio de Ambiente, Gerardo Amarilla, adelantó a En perspectiva que, en el caso de aprobar el proyecto de ley, se evalúa la creación de una Fiscalía especializada en delitos ambientales. El abogado especializado en Ambiente dijo que dialogó con el fiscal de corte, Juan Gómez, así como también con asistentes especializados en la temática para evaluar “especializar a una Fiscalía o generar una capacitación general a todos los fiscales”.

“Habíamos pensando en una capacitación pensando en una formación más profunda, incluso contando con asistencia de cooperación internacional para esta capacitación”, dijo. El refuerzo presupuestal “tendrá que venir seguramente en el presupuesto del próximo gobierno”, complementó.

En Perspectiva · Entrevista Gerardo Amarilla - Proyecto que incorpora delitos ambientales en el Código Penal

Uruguay es uno de los últimos países de la región en penalizar los delitos ambientales. Según Amarilla, el desarrollo del derecho ambiental en Uruguay “se generó en un país donde —en el siglo XX— no había grandes conflictos ambientales, grandes tensiones”. Así, explicó que las tensiones y conflictos “se comenzaron a dar en este siglo, en el XXI”. Si bien hubo iniciativas previas, el subsecretario explicó que “ante las presiones que hay ahora y el tema ambiental está más permanente en la agenda, llegó la hora”. De este modo, insistió en “la necesidad de tener esa norma penal ambiental” porque “es disuasiva” y “necesaria”.

La normativa vigente establece la posibilidad de multar a empresas o intimar a quienes no cumplen con las regulaciones ambientales. Sin embargo, recordó que en el derecho ambiental hay un “principio muy antiguo”: “El que contamina, paga”. Pero, expresó Amarilla, eso no significa que pueda pagar para seguir contaminando. “Hay empresas en las que la ecuación económica de pagar la multa, a veces, es conveniente, porque la actividad es tan lucrativa que le conviene seguir pagando multas y contaminando”, explicó. Esa situación, según Amarilla, se da a nivel mundial.

En esta línea, aseguró que una normativa penal “termina siendo un límite tan importante” que “las empresas y los actores terminan teniendo otro cuidado y responsabilidad frente al tema”. 

Para Amarilla, el proyecto de ley suma “una herramienta muy importante”, porque a partir de esta norma se incluye al trabajo de los técnicos de Ambiente “la futura punitiva del estado, a la Policía, Fiscalía, jueces”. “Tenemos la intervención directa de estas dependencias públicas, que van a estar actuando o interviniendo directamente en la persecución de estas conductas que afectan al ambiente”, agregó.