En la sesión de este miércoles la Asamblea General dio por finalizada la investigación parlamentaria sobre el fraude de Cardama y aprobó remitir el informe en mayoría a Fiscalía. Concluye así la etapa que comenzó en febrero de este año, cuando propusimos la creación de una Comisión investigadora para esclarecer un proceso plagado de incorrecciones.
Esta instancia nos permitió conocer nuevos documentos, el testimonio de protagonistas y contar con mayor material para extraer conclusiones. El resultado fue contundente, el Estado fue víctima de una estafa. Nuestro gobierno tenía una sola alternativa, rescindir el contrato. ¿Cómo fue posible que las autoridades de la época siguieran adelante ante las repetidas alertas? ¿Quiénes son responsables de este fraude? No corresponde aquí emitir opinión sobre un tema que laudará la Justicia, pero lo cierto es que estamos ante la peor conducta que puede esperarse de quienes reciben el mandato soberano para gobernar: la soberbia. Los griegos le llamaban Hybris, el exceso de confianza en uno mismo que nubla el buen juicio, la falta capital de la desmesura. ¿De qué otra forma puede entenderse?
Estamos frente a una empresa que utilizó todo tipo de artilugios para fraguar un fraude gigantesco. Se investigó y se tomó una decisión: rescindir el contrato. No hubo motivaciones políticas. El gobierno estaba obligado a finalizar un vínculo defectuoso que no pudo sostener un engaño débilmente armado con documentos falsos y empresas ficticias. El contrato cayó porque la empresa no cumplió sus compromisos. Y como lo demostró la investigación de la comisión, nunca estuvo en condiciones de cumplir. Desde esa base debemos partir.
El contar con patrullas oceánicas para la custodia de nuestra jurisdicción marítima no es un tema reciente. También es unánime su necesidad. Pero las condiciones en que se afronta una inversión de esta magnitud también son esenciales. Esta compra se decidió de forma discrecional. Sí, una compra millonaria se terminó haciendo de forma directa a una empresa privada que nunca había construido ese tipo de embarcaciones. Dicho más gráficamente, se pidió a una bicicletería que construya un tanque de guerra.
Y aquí tenemos uno de los problemas principales. El Astillero Cardama no estaba en condiciones de cumplir con el contrato. En ningún momento lo estuvo. No contaba con antecedentes en la construcción de este tipo de naves. Sus antecedentes de trabajos anteriores ponían en duda su reputación. No tenía solvencia financiera para cumplir con una obra de tamaña magnitud. Durante el proceso competitivo del que participó quedó en la última calificación. En base a esto, no debe sorprendernos que no pudiera conseguir una garantía.
El proceso de adquisición de las OPV por parte del Ministerio de Defensa deja omisiones, arbitrariedades, incumplimientos graves, falta de transparencia, de controles y hechos de apariencia delictiva. Aún quedan muchos elementos sin explicar.
En 2022, los técnicos de la Armada habían elaborado más de ochenta requisitos para evaluar las propuestas. En 2023, cuando el procedimiento comenzó a partir de una oferta presentada por Cardama, las exigencias se redujeron a tres parámetros. No quedó registrada una explicación que justificara ese cambio. Los técnicos que habían trabajado en el proceso anterior tampoco fueron consultados ni participaron en la nueva evaluación. ¿Cómo se explica esta reducción? Además, téngase en cuenta también que cuando se solicitaron mejoras constructivas a la empresa esta presentó una oferta mejorada en 15 puntos sin incluir un aumento de precio consecuente.
Las advertencias existían. La División Jurídica del Tribunal de Cuentas observó problemas que afectaban la igualdad entre oferentes, la transparencia y la buena fe. Esas objeciones se formularon durante el procedimiento. Por lo tanto, las autoridades tenían motivos para revisar lo que estaban haciendo antes de seguir comprometiendo recursos públicos.
En el contrato que se firmó con Cardama S.A. se estableció como obligación esencial la constitución y presentación de las garantías de reembolso (art. 11) y la garantía de fiel cumplimiento (art. 27) como condición indispensable para la entrada en vigencia del acuerdo (art. 36). Dicha relevancia es en cumplimiento de lo establecido en el Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF), normativa que en nuestro país establece la regulación del uso de fondos públicos.
Pero finalmente quedó probado el incumplimiento sistemático y reiterado de Cardama a sus obligaciones contractuales al momento de constituir garantías, y se sostuvo durante largos meses una situación de laxa flexibilidad para el cumplimiento de tal requisito sin fundamento técnico ni jurídico. Además, la Comisión demostró que la empresa Cardama presentó ante el Estado uruguayo documentación notarial falsificada para acreditar el cumplimiento de sus obligaciones, hecho que fue confirmado por el peritaje independiente solicitado por el Gobierno. Y conste que todo esto no sucedió sin que mediaran advertencias, porque el MDN desatendió la recomendación del propio Banco Central de contratar asesoramiento especializado para evaluar la solvencia de las entidades emisoras de garantías. En vano fueron, también, las advertencias que el propio estudio jurídico contratado por el MDN hizo en reiteradas oportunidades. Desde donde se alertó a las autoridades que era llamativa la constante demora y solicitud de prórrogas para la presentación de la garantía de fiel cumplimiento por parte de la empresa.
Cuando el gobierno asumió, se encontró que nuestro Estado había quedado comprometido a desembolsar pagos. Ante esa situación, se debía asegurar que, si continuaba adelante con ese proceso, fuese acorde a derecho. Y eso terminó mostrándose como inviable, porque jurídicamente no había sustento. Peor aún, en el transcurso de la Comisión nos enteramos que alguna jerarquía de la Armada -Almirante (R) Wilson- había recibido orden de no referirse a las OPV con las nuevas autoridades.
En diciembre de 2025 recibimos el informe de Bureau Veritas sobre el avance de construcción. Comparto algunas de las conclusiones: “... no consta evidencia de que el Astillero haya presentado el proyecto técnico ni solicitado el permiso de construcción exigidos en Uruguay…”; “...el Comprador declara que no dispone de proyecto de construcción definitivo, ni de planos definitivos…”; “...la compartimentación de los buques no cumple con los requisitos… Esta deficiencia deberá ser subsanada por razones de seguridad…”; “Sobre el avance de la construcción … a la fecha de nuestra inspección … hay aproximadamente un 43% del acero construido y montado en grada, cuando se esperaba tener construido más de 70… ”; “...deficiencias técnicas en el proceso constructivo…” Y la lista sigue.
Estamos ante un fraude al Estado. Ha quedado demostrado. Las alertas se prendieron unas tras otras. Pero no fueron escuchadas ni atendidas. La justicia determinará si esa falta de juicio supuso un apartamiento de las normas.