Contenido creado por Martín Otheguy
Locales

Judicializado sea tu nombre

Sanguinetti calificó de ''ridículos'' los argumentos de la jueza Pura Concepción Book

"Lo grave es que actúa como si la ley no existiera", dijo el ex presidente, que señaló que hay que decidir si predominará el derecho o la convicción personal de los jueces.

06.03.2017 10:06

Lectura: 5'

2017-03-06T10:06:00-03:00
Compartir en

El ex presidente Julio María Sanguinetti criticó severamente a la jueza Pura Concepción Book, que interrumpiera el proceso de aborto realizado por una mujer a pedido de su ex pareja.

En su columna de opinión en El Correo de los Viernes ("Dogmatismo judicial"), dijo que "de modo oblicuo, se saltea la ley uruguaya y se intenta reabrir la discusión sobre la despenalización del aborto".

Sanguinetti consideró que "las convicciones personales no están por encima de aquello que las leyes establecen en forma indubitable", y que "ello debería formar parte del marco deontológico de todo juez".

El ex mandatario recordó que el reclamante no es esposo ni concubino, que tuvo una relación con la mujer, que "resolvió que, no teniendo condiciones suficientes para tener el hijo, quería abortar", y que lo hizo conforme a la ley 18987.

"Lo grave es que actúa como si la ley no existiera. Habla de un ‘derecho del padre' sin base jurídica y que, implícitamente, descartó la ley al reconocerle esta sólo a la mujer el derecho a interrumpir el embarazo. De un modo absolutamente dogmático dice: ‘No cabe duda de que la mujer tiene derecho a decidir sobre su capacidad o autonomía reproductiva', pero ‘una vez producido el embarazo la situación es otra, porque al haber un ser humano nuevo con derechos inherentes a su condición de tal, protegidos legalmente, la decisión de interrumpir el embarazo no atañe sólo a su cuerpo sino que realmente también afecta a otro ser humano, con vida'. O sea que para la magistrada la ley no existe, la maternidad no es un derecho de la madre, la disposición de su cuerpo, tampoco", prosiguió.

"Nuestra ley se ha puesto en la hipótesis, mayoritaria en el mundo, de que solamente estamos ante una persona humana, sujeto de derecho y obligaciones, cuando se ha llegado a un cierto lapso desde la fecundación: 12 semanas en Francia, igual que en Uruguay, o 14 semanas en España o hasta 24 semanas en el Reino Unido. De este modo, la legislación mayoritaria ha procurado un equilibrio entre los dos valores: la libertad de conciencia de la mujer, su derecho a una maternidad querida y, por otro, la protección del valor de la maternidad. Los plazos no son del todo arbitrarios: se basan en la consideración del momento en que el feto pudiera tener una posibilidad de vida; mientras no tiene esa condición de existencia, hay una potencialidad de vida pero no una persona humana", explicó.

Sanguinetti calificó de "ridículas" las dos citas constitucionales que formula la magistrada. La del artículo 7 es la expresión genérica de que todos tenemos derecho a ser protegidos en nuestra vida, honor, libertad... "Justamente, la ley se ubica en la hipótesis de que no hay un ser humano vivo en esa etapa de la gestación. Es una potencialidad, pero no una vida completa. La cita del artículo 332 es aún más inconsistente, porque este señala que no dejará de reconocerse cualquier derecho inherente a ‘los individuos', aunque no exista ley y, precisamente, aquí es lo que hay: una ley que resolvió el espinoso tema de cuándo tenemos una persona humana".

También "se invoca el Pacto de San José de Costa Rica, que, por supuesto, no está por encima de nuestra Constitución o de su interpretación auténtica mediante la ley, sino que se aplicará en cuanto no colida con nuestro régimen". Es decir, "no hay supranacionalidad", algo que establecer otras constituciones, pero no la nuestra. "De modo que el legislador uruguayo es soberano y, en este caso, ha establecido claramente las condiciones para interrumpir un embarazo. El principio del tratado, por otra parte, es absolutamente genérico y de él no se desprende ninguna prohibición taxativa", señaló.

"Nadie piensa que el aborto es algo deseable, como nadie considera al divorcio un éxito. Por el contrario, son situaciones de fracaso, pero que existen en los hechos y deben resolverse del mejor modo. El ideal es que los matrimonios se lleven bien, pero si no es así, ¿tiene sentido mantener artificialmente unida a una pareja desavenida, impedir que se reconstruyan sus vidas e imponer a los hijos algo intolerable? Del mismo modo, todos querríamos que cada gestación terminara exitosamente en una nueva vida, plena de oportunidades. Desgraciadamente, hay situaciones de pobreza o condiciones de vida que hacen que una maternidad pase a ser una carga y no una bendición. ¿Se le impone entonces a la mujer la maternidad a cualquier precio, condenándola a ella a una situación penosa y a su hijo a una vida cercenada por la imposibilidad de una crianza adecuada? ¿Se la lleva a una situación límite de buscar un aborto clandestino, con menos garantías, en que la pobreza pasa a ser un factor determinante?", señaló.

Recordó que "hay religiones que dogmáticamente niegan el divorcio como niegan el aborto", pero explicó que otras que tienen posiciones mucho más liberales, como los moralistas cristianos protestantes, para los que sólo hay una persona desde el nacimiento.

Sanguinetti dijo que este debate se dio durante años en el país y finalmente lo resolvió una ley. "¿Puede una señora jueza, por sí y ante sí, actuar como si esa norma no existiera? Ella tendrá su convicción religiosa, que respetamos, pero debe saber que en la república las leyes deben cumplirse, guste o no guste", dijo.

"Es muy importante para nuestro sistema cómo se resuelva esta situación. No es un caso aislado. Se trata de decidir si predominará el derecho positivo o la convicción filosófica de cada juez, impuesta dogmáticamente, más allá de las normas", concluyó.