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Abogada de María: "¿Cómo se la obliga a retornar a España si hay tanta peligrosidad?"

La abogada Virginia Salvo dijo que hay "una contradicción judicial" en el caso de la niña, ya que se dispuso custodia policial permanente pero a la vez se la obliga a estar cerca de su padre.

03.10.2017 11:36

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2017-10-03T11:36:00-03:00
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El caso de María, la mujer uruguaya que se encuentra en una batalla legal con su ex pareja española a raíz de la tenencia de su hija de 5 años, se convirtió en terreno de debate para la Justicia y la sociedad.

La mujer trajo a su hija de España y la retuvo en Uruguay sin autorización de su padre. Explicó que lo hizo porque había sufrido violencia doméstica y porque tenía indicios claros de que su hija había sufrido abuso sexual a manos de su padre.

En diciembre, la Justicia analizó el caso y resolvió que la niña fuera restituida a España si se cumplían ciertas condiciones. El Tribunal de Apelaciones de Uruguay impuso que una vez que madre e hija llegaran a España, el hombre no podía acercarse a ambas "en un radio de 500 metros". También dicho tribunal determinó que será la madre de la niña "quien ejercerá la tenencia provisional". Indicaba que el padre debía levantar una denuncia penal que había presentado contra su expareja y que la madre y la niña deberían irse de Uruguay solamente cuando estas medidas estén garantizadas por parte de la Justicia española.

La semana pasada, la Justicia emitió una nueva sentencia que ordena la ejecución de esta resolución, al entender que las condiciones se habían cumplido. Anoche, sin embargo, la Suprema Corte hizo lugar a un recurso de revisión de los abogados de la mujer, y dejó sin efecto la última resolución. Se abre un nuevo período con plazo de hasta un año para analizar en detalle las circunstancias del caso.

Esta mañana, la abogada de la mujer, María Virginia Salvo, dialogó del caso con Inicio de Jornada, de Carve. La letrada recordó que "hay una contradicción entre las sentencias".

"La de setiembre entiende que se cumplieron las medidas de protección. Tenemos una sentencia del Juzgado de Familia por una violación sistemática de la prohibición de comunicarse por parte de este hombre. La Justicia de violencia doméstica adoptó medidas de protección, como la custodia policial permanente para ambas (viven con un policía 24 horas), y que incluso un patrullero lleve a la niña al jardín", agregó Salvo, que considera que hay una contradicción entre estas medidas y el retorno obligatorio a España. "Si se entiende que hay una peligrosidad tan fuerte, ¿cómo se la obliga a retornar?", comentó.

Otra de las causales esgrimidas en el recurso "es la nulidad de la sentencia". "Hay muchas circunstancias ocurridas después de la sentencia, un montón de hechos nuevos que no pudimos hacer valer en el proceso. Esta sentencia se dictó sin que pudiéramos manifestarlas y no se tomaron en cuenta. La ley establece que España, una vez que recibe la comunicación de adoptar medidas de protección, debió hacerlo en un plazo de 30 días o la orden de restitución cae. Eso se hace para evitar que la niña se arraigue en un lugar y después se la arranque nuevamente a otro sitio. Eso no se cumplió", dijo Salvo.

La abogada remarcó que hubo un acoso por parte del padre tanto a la mujer como a su entorno y la madre. "Hubo tonos amenazantes, como cuando le dijo que convenía que la niña fuera ‘por las buenas'", señaló la defensora.