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Esta mañana trascendió la noticia de un embargo trabado por una jueza española por unos 400.000 euros contra la empresa Pluna, para garantizar la indemnización de un trabajador. La demanda surgió luego de los despidos realizados en España cuando se cancelaron los vuelos directos.
Un portal de noticias español informó que un juzgado de Barcelona embargó de manera cautelar los bienes de la aerolínea Pluna por unos 400.000 euros, para garantizar la indemnización de un trabajador que ejercía como agente en Catalunya, Baleares y Andorra desde 1978, informó Últimas Noticias.
La demanda surgiría a partir de los despidos realizados en España, luego de cancelar el vuelo directo desde nuestro país. El matutino no pudo confirmar si la noticia está en conocimiento de las autoridades de la empresa en Uruguay.
Mientras tanto, los pilotos se reunieron en asamblea para analizar los "continuos cambios en la operativa". La empresa publica una lista de vuelos para todo el mes, y luego no los cumple, dijo el piloto Marcelo Acuña a Últimas Noticias.
"Eso afecta la vida personal. No se puede planificar nada. Uno se presenta para volar hacia Aeroparque y en el momento le informan que en realidad viaja a San Pablo y regresa al día siguiente"
Desmentido de Pluna
La empresa Pluna desmintió mediante un comunicado la información, señalando que la firma "dejó de operar en el mes de julio con el referido agente (SOCATUR), cumpliendo con todas las normas legales de España para dejar de hacerlo, por no adecuarse éste a las nuevas condiciones comerciales planteadas por PLUNA y por haberse identificado en su proceder conductas irregulares, contrarias al marco ético con el que PLUNA se propuso desarrollar el vínculo con sus agentes en todos los mercados en los que opera".
El repartido afirma que el agente inició acciones legales contra Pluna reclamando una indemnización, reclamo que fue desestimado en primera instancia por la Justicia de la península. "Ante una segunda", expresa el comunicado, "la jueza actuante ha creído conveniente asegurar el eventual pago que hubiera de hacerse en el procedimiento principal, con respecto al cual todavía está pendiente el juicio".
La empresa aclara que la medida no es un embargo, debido a que se otorga la posibilidad de asegurar la cantidad que se maneja en el procedimiento (368.197 euros) mediante un aval bancario, y señala que el embargo no se produjo "y no se producirá" hasta que la otra parte no deposite como contra caución la suma de 55.000 euros.
El comunicado finaliza señalando que "Pluna está estudiando las acciones a adoptar, incluidas las rectificaciones de la información periodística".
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