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La Intendencia de Montevideo (IM) emitió una resolución sobre el reclamo de la murga Doña Bastarda y decidió mantener el descuento de 72 puntos por hacer un uso excesivo de guitarra durante su actuación en la primera ronda del Concurso Oficial de Carnaval.
En la resolución, publicada en Twitter por la periodista Magdalena Prado, se señala que la comuna decidió "mantener la sanción impuesta" que fue notificada el 1º de febrero.
En su momento, la murga argumentó que el reglamento publicado en el sitio web de la IM abarcaba desde el artículo 1º al 30, con una extensión de ocho páginas, en el que no se hacía referencia a la sanción aplicada por el uso de la guitarra, lo cual los indujo a un error, según destaca el documento.
A su vez, en la resolución de la IM se señaló que el documento oficial contiene 43 artículos y que se publicó a fines de noviembre y que los errores surgieron cuatro días antes de iniciarse el Concurso Oficial de Carnaval, "momento en el cual, a esa altura y tras varios meses de ensayo, razonablemente cualquier conjunto de carnaval ya debía conocer o haber estudiado con detalle el reglamento vigente".
Por otro lado, se señala que el 10 de diciembre hubo una reunión con el presidente del jurado, Ramiro Pallares, a la que se convocó a todos los directores responsables de los conjuntos, donde se les entregó una carpeta que incluía la resolución con la que se aprobó el reglamento del concurso. Además, se asegura que en esa reunión estuvo presente Emiliano Tuala en representación de la murga.
Por otro lado, en uno de los apartados, la resolución señala: "De los propios términos del escrito de descargos presentado surge una contradicción evidente, ya que se cuestiona solamente la sanción de uso excesivo de la guitarra, aceptándose pacíficamente el descuento de 10 puntos por haber excedido el tiempo máximo de actuación (previsto en el artículo 38 del reglamento)".
"Siguiendo su propio razonamiento, si el reglamento descargado culminaba en el artículo 30, esta primera sanción tampoco se hallaba prevista en el mismo y, por ende, de la misma forma, no debía ser aplicada. Sin embargo, frente a esta sanción no se realizó ninguna clase de objeción, sino que se aceptó y consintió", añade.
"De este modo se desmorona la hipótesis planteada de inducción en error al conjunto", continúa.
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