El Tribunal de Apelaciones en lo Civil de Séptimo Turno emitió una sentencia respecto a la apelación que realizó el Poder Ejecutivo luego de que un Juzgado en lo Contencioso Administrativo fallara en su contra tras un recurso presentado por el exsecretario de Presidencia Miguel Ángel Toma.

En paralelo a la investigación que se lleva a cabo en el Poder Ejecutivo para dirimir acerca de las presuntas irregularidades en las que incurrió Toma durante viajes oficiales en el período de gobierno anterior, el Poder Judicial intervino en el caso a raíz de reclamos de ambas partes.

En abril, Toma llevó el caso a la Justicia por entender que Luis Lacalle Pou había prejuzgado su caso y que, ante una petición de recusación para que el presidente se apartara de la causa, el 16 de marzo el Poder Ejecutivo rechazó la petición recusatoria de Toma, en una resolución firmada por el primer mandatario.

Toma, que entiende que desde el Ejecutivo se prejuzgó su situación, denunció que en el procedimiento que llevó al dictado de la resolución del 16 de marzo no se respetaron los principios del debido proceso administrativo, violándose el derecho de defensa al no otorgarse vista previa, impidiendo que pudiera formular sus descargos y la posibilidad de ofrecer prueba.

A inicios de abril, el Juzgado Letrado en lo Contencioso Administrativo de Tercer Turno falló a favor del exsecretario de la Presidencia. En aquel momento, la Justicia dio lugar a lo planteado por Toma, suspendió transitoriamente la resolución del 16 de marzo del Ejecutivo en la que se rechaza la petición recusatoria y dispuso "que la administración debe instruir el incidente de recusación respetándose el debido procedimiento administrativo".

La Justicia en aquel momento entendió que "no se dio vista previa al dictar el acto administrativo al Sr. Miguel Ángel Toma, impidiéndose formular descargos, ser escuchado y proponer medios de prueba". En este sentido, el fallo indicaba que el Poder Ejecutivo actuó "con ilegitimidad manifiesta".

No obstante, este lunes, según informó la diaria y confirmó Montevideo Portal, el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de Séptimo Turno ordenó revocar la sentencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo y desestimar la demanda de Toma contra el Poder Ejecutivo.