El vocero del Poder Judicial, Raúl Oxandabarat, informó este jueves que la Suprema Corte de Justicia (SCJ) elevó a mediados de setiembre una circular a todos los juzgados y jueces del país para que revisaran las causas en las que se otorgó el beneficio de la prisión domiciliaria, luego de que se diera a conocer el caso de Juan Antonio González Bica, quien presentó documentación apócrifa para probar ante la Justicia que padecía problemas renales no atendibles en un centro penitenciario, cuando en realidad no los tenía.

“Estamos en un caso en el que le damos prisión domiciliaria a una persona que ha sido penada, peligroso narcotraficante es un calificativo que no aparece en ningún expediente, por lo tanto, aquí vamos a hablar de razones y no de cuestiones pasionales o emocionales”, dijo Oxandabarat en declaraciones a Subrayado.

En el expediente, dijo el vocero del Poder Judicial, surge que luego de ser condenado recurrió ante el juzgado para solicitar el beneficio de la prisión domiciliaria por una “cuestión de salud, en este caso problemas renales” que tendría el recluso y que tuvo que probar en la audiencia.

“Plantea la situación, maneja los elementos que tiene para probar esto y entonces se hace una pericia técnica por parte del Instituto Técnico Forense [ITF], esto es una dependencia del Poder Judicial donde trabajan médicos forenses, quienes son los encargados de asesorar a los jueces o de hacer informes técnicos para que los jueces se funden en ellos para sus decisiones. En este caso, hay una pericia forense que avala la situación planteada por el recluso y entonces la jueza aplicando el código del proceso penal, es decir, hay una ley que regula los juicios penales, entiende que no están dadas las garantías para esta persona en reclusión, dada la afección de orden fisiológico y de salud y esa es la razón por la cual decide dar prisión domiciliaria”, aseguró.

“Lo que no le permitía era recibir la atención necesaria para su salud y, por lo tanto, para que no hubiera riesgo para su identidad o su vida, que es lo que están protegiendo los jueces. El estado tiene derecho a castigar al delincuente, el castigo consiste en la privación de libertad, pero todos los demás derechos humanos de la persona que ha delinquido se mantienen intactos. Por lo tanto, los calificativos como peligroso, o porque hacía esto era horrible o me indigno por esto otro, en realidad no cuentan cuando tenemos que argumentar de forma racional si la persona va a ser objeto de pena y si esa pena, en definitiva, se limita solamente a la prisión delimitada por el juez”, acotó.

Sin embargo, Oxandabarat reconoció que, en este caso en particular, “no tiene conocimiento” de si los informes presentados son veraces o no, pero informó que dialogó con la jueza involucrada en esta causa y esta le informó que está trabajando en cada uno de los casos, convocando a todas las personas y haciendo la revisión en las causas que otorgó el beneficio de la prisión domiciliaria.

“Esto es porque el Poder Judicial se preocupa de este tema, que por supuesto tiene que preocuparnos. Las decisiones de los jueces se basan en las certezas que producen los documentos que se agregan a los expedientes. Si hay un problema con la veracidad de los expedientes, el primer preocupado es el Poder Judicial y eso lo está manifestando el Poder Judicial con esta decisión”, expresó.

No obstante, reconoció que no hay forma de garantizar que no haya documentos falsos, porque a medida que avanza la tecnología y los sistemas de seguridad, también lo hace el ingenio de las personas que cometen este tipo de delitos.

“Por lo tanto, ningún sistema, en ninguna parte del mundo, puede garantizar que no haya la posibilidad de que alguien falsifique algo. Lo importante es si ocurrió o no ocurrió, lo importante es la reacción y la reacción está siendo en tiempo y seria por parte de la Corte, asegurándose que los jueces hagan la revisión que deban hacer para saber lo mismo que están preguntando”, concluyó.