Revés judicial para Unilever: deberá pagar horas extras a exempleado que hacía teletrabajo
La Justicia argumentó a favor del hombre, quien adujo que sus jornadas se extendían por más de 12 horas.
Montevideo Portal
La Justicia, a través de un Tribunal de Apelaciones, emitió una sentencia que condena a la multinacional Unilever en Uruguay a pagar horas extras a un exempleado de la compañía.
El caso llegó al tribunal de alzada porque la compañía apeló la decisión primaria de la Justicia, que había dado la razón al demandante, quien es representado por Ignacio Durán. En los argumentos, Unilever sostuvo que el hombre tenía un horario flexible e híbrido por lo que no correspondía el pago de horas extra ni la limitación de la jornada laboral.
Sin embargo, de las pruebas testimoniales, la Justicia confirmó que el hombre no era gerente, no tenía otros jefes de sección a su cargo, no poseía potestades sancionatorias ni disciplinas, y no podía contratar o despedir personal ni tomar decisiones estratégicas o aprobar presupuestos millonarios sin autorización gerencial.
Precisamente, el exempleado reclamaba el pago de 80 horas extras mensuales y aseguró que transitaba por jornadas de más de 12 horas. La empresa, por su parte, argumentaba que tenía algunos beneficios como trabajo a distancia y horario flexible.
Apelaciones confirmó el pago por parte de Unilever de 50 horas extras mensuales y argumentó que el hecho de hacer home office no exonera al empleador de pagar horas extras en caso de que el trabajo sea extraordinario.
“El fallo del Tribunal de Apelaciones del Trabajo deja sentado un precedente relevante sobre las modalidades modernas de empleo: el trabajo en formato híbrido o flexible no es un cheque en blanco para eludir la jornada legal ni exonera a las empresas del pago de horas extras”, indica el texto de la sentencia de la que informó Eduardo Preve y a la que accedió Montevideo Portal.
Por su parte, el demandante exigía un adicional equivalente al 50& de la indemnización por despido abonada, alegando una costumbre o política empresarial de Unilever en proceso de reestructura.
Sin embargo, Apelaciones desestimó el reclamo y argumentó que ese beneficio extralegal estaba supeditado a la firma de un acuerdo transaccional de egreso entre empleado y empleador.
“Respecto a los incentivos de retiro o políticas de reestructura empresarial, la sentencia fue tajante: los pluses o beneficios superiores a los legales condicionados a la firma de acuerdos de egreso no constituyen un 'derecho adquirido' ni una costumbre obligatoria si el trabajador decide rechazar el convenio de transacción ofrecido por la compañía”, sostiene.
Montevideo Portal
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