Montevideo Portal
El diputado del Partido Nacional, Luis Lacalle Pou, publicó este martes en su cuenta de la red social Twitter: "Un año y medio después Bordaberry apoya (copia) nuestro proyecto con penas mas duras al Narcotráfico. Bienvenido. Después hablamos de derecho de Autor".
El proyecto al cual hace referencia Lacalle Pou, fue presentado por el diputado del Partido Colorado Gustavo Cersósimo. El mismo se titula "Equiparación de la pena de los delitos de tráfico de drogas con el homicidio".
Cersósimo dijo a Montevideo Portal que el proyecto de Ley presentado por Lacalle Pou "está referido a la despenalización de la marihuana. Allí agrega una nota referida al aumento de las penas. El mío es un proyecto referido a la asimilación de penas del delito de tráfico de drogas al de los homicidios. Sobre el mismo tema hay varios proyectos distintos. Incluso el Frente Amplio presentó un proyecto similar al de Lacalle Pou referido a la despenalización del consultivo de marihuana".
"En nuestro caso lo referido a la marihuana queda igual como hasta ahora. No se modifica la legislación sobre la marihuana y no me inspiré en ningún proyecto. La Ley base que modifican todos estos proyectos es la Ley 14.294 de 1974", opinó Cersósimo.
Consultado sobre el tema, Lacalle Pou prefirió no hacer declaraciones sobre el tema.
Proyectos
Lacalle Pou presentó un proyecto de Ley en noviembre de 2010 sobre el "Medidas contra el Narcotráfico". Sobre el final especifica que "si bien el delito de narcotráfico es castigado en nuestro país, entendemos necesario endurecer las penas. En este entendido, queremos introducir una modificación importante relativa a la posibilidad de la excarcelación prevista en el actual texto legal. En tal sentido decimos que ninguna actividad ilícita vinculada al comercio de los estupefacientes pueda tener una condena excarcelable".
Por otro lado, el proyecto presentado por Cersósimo en el día de hoy establece entre otras cosas que "el que organizare o financiare alguna de las actividades delictivas descritas en la presente ley, aun cuando éstas no se cumplieran en el territorio nacional, será castigado con pena de dos a dieciocho años de penitenciaría. Artículo 33º- El que, desde el territorio nacional, realizare actos tendientes a la introducción ilegal a países extranjeros de las sustancias mencionadas en la presente ley, será castigado con pena de veinte meses de prisión a doce años de penitenciaría".
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Documentos asociados:
Proyecto Lacalle Pou.pdf -Proyecto Cersósimo.pdf -
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