Contenido creado por Paulina Molaguero
Economía

Una mano

Proyecto amplía beneficios a comercios fronterizos afectados por diferencia cambiaria

El Poder Ejecutivo propone extender medidas dispuestas en ley de 2021 por un plazo de seis meses a partir de 1º de noviembre.

23.11.2022 19:19

Lectura: 2'

2022-11-23T19:19:00-03:00
Compartir en

El Poder Ejecutivo envió un proyecto de ley al Parlamento que extiende y amplía medidas para otorgar beneficios a comercios ubicados en las fronteras.

Según señala el documento, en las zonas fronterizas coexisten sociedades con diferentes características a nivel de idioma y regímenes comerciales, lo que lleva a que se vean expuestas a diversas inestabilidades que afectan su desarrollo, como lo son: las variaciones cambiarias, el alto nivel de informalismo, falta de competitividad y sustentabilidad, y diferencia de precios de los productos ofertados.

De acuerdo con lo indicado, esta última se basa en los costos de las mercaderías de un lado y otro de la frontera, así como en el precio de las tarifas públicas, en los costos salariales y en el régimen tributario aplicable en los distintos países.

Este es el caso, por ejemplo, de los comercios fronterizos de Salto y Paysandú, que se ven afectados por la diferencia cambiaria con Argentina.

Como forma de mitigar la situación, la Ley N°19.993, de 15 de octubre de 2021, estableció las siguientes medidas: exoneración de aportes patronales jubilatorios, exoneración de prestación tributaria unificada monotributo y monotributo social Mides, exoneración del IVA mínimo mensual para pequeñas empresas y exoneración de los anticipos mínimos de IRAE (Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas) y exención de pagos mensuales del impuesto al patrimonio.

Dado que estas inestabilidades mencionadas han ido in crescendo, con el nuevo proyecto se busca prorrogar y ampliar las medidas dispuestas por la legislación, extendiendo beneficios a las empresas ubicadas en un radio máximo de 60 kilómetros del paso de frontera, cuya actividad principal sea el comercio al por menor (excepto el comercio de vehículos automotores y motocicletas), y cuyos ingresos brutos en el último ejercicio previo a la vigencia de la ley no superen las 10 millones de Unidades Indexadas.

Todos los beneficios tendientes en la ley se extienden por un plazo de seis meses, a partir del 1º de noviembre.