Fuentes vinculadas al empresario argentino propietario de una de las dos viviendas cuestionadas por vecinos de José Ignacio, aseguraron que la misma fue levantada cumpliendo con todas y cada una de las exigencias normativas, y cuenta con el permiso correspondiente del Ministerio de Ambiente.
“Se hacen acusaciones graves y sin fundamento alguno en lo que refiere a nuestra vivienda. Este matrimonio de argentinos, que obtuvo la residencia uruguaya, compró el terreno, presentó un proyecto, obtuvo los permisos correspondientes y la habilitación del Ministerio de Medio Ambiente (sic), detuvo la construcción durante la pandemia y luego la retomó. Es gente seria, que vino a invertir a Uruguay, y que nunca hizo nada que se apartara de las normas”, dijo un allegado al matrimonio, que aseguró que el propietario y su esposa, que es arquitecta, tienen toda la documentación probatoria de la forma en que procedieron desde el inicio.
Tal como informáramos, vecinos del balneario, agrupados en una asociación civil llamada Liga de Vecinos de San Ignacio , denunciaron la construcción de dos viviendas en la zona, aduciendo que violan las normativas ambientales y de construcción, dadas las características de las estructuras y su ubicación.
Según informó el diario argentino La Nación, los locales argumentan que los dos proyectos inmobiliarios transgreden lo establecido por la ley, basándose en tres puntos específicos que se aplican a las construcciones del balneario: que las casas no deben superar los 6 metros de altura, que las casas no pueden ser construidas con materiales pesados (hormigón y acero) y que tampoco pueden ser erigidas sobre la arena del médano.
Sobre el último punto, la única excepción es que se construya sobre pilotes, con los cuales se evita el contacto con el suelo natural.
Una de las viviendas, cercana al faro de José Ignacio, excede la altura máxima permitida, además de estar construida sobre los médanos de la playa Brava del balneario.
Según una resolución del Ministerio de Ambiente a la que accedió Montevideo Portal, fechada el 5 de noviembre de 2021, la construcción de la vivienda, cuyo propietario es un argentino, el 9 de septiembre de 2020 se dispuso la suspensión de las obras, al constatarse incumplimientos a las normas aplicables.
Al constatar que las obras continuaban ejecutándose, el 28 de octubre se intimó al titular y a la empresa constructora a cumplir la suspensión, bajo apercibimiento, advirtiendo que era pasible de ser sancionado con una multa de 500 unidades reajustables (UR), por haber seguido con la construcción sin contar con la autorización ambiental respectiva.
El cinco de agosto de 2021, se sugiere desde el Área de Evaluación de Impacto Ambiental autorizar al titular al culminar con las obras, al evidenciarse que la obra como tal se desarrolla sobre pilotes y "no ha provocado mayores afectaciones a la configuración y dinámica costera".
Luego de esto, en la resolución previamente citada, se autoriza al propietario a continuar con las obras, aplicando ciertas medidas en cuanto al procedimiento a seguir en la construcción.
Además, se sancionó al argentino con una multa por un monto equivalente a 300 UR, por los incumplimientos constatados en septiembre de 2020, debiéndose pagar en los siguientes 10 días hábiles de publicada la resolución.
Por otro lado, en el acta nº 00621/2020 de la Intendencia de Maldonado, se autorizó el permiso de construcción tramitado.
Se impuso a su vez el pago de un recargo equivalente a dos veces las tasas, dado que la Dirección General de Urbanismo observó que la obra se inició con la estructura ejecutada en hormigón, cosa que no permite la normativa edilicia de la zona.
"La reconversión de la edificación a efectos de ajustarse a la norma, demoliendo lo ejecutado y construyendo un sistema liviano, no presenta ventajas desde el punto de vista ambiental y la afectación que se pudo haber generado, será subsanada con las tareas que impone la resolución de Dinama (Dirección Nacional de Medio Ambiente, hoy bajo la órbita del Ministerio de Ambiente) y su contralor", reza la norma departamental.
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