El Ministerio del Interior publicó un video en el que narró que se produjeron las primeras dos condenas por romper una tobillera electrónica, colocadas normalmente como medida alternativa a la prisión en casos de violencia doméstica.

La cartera informó que "la Justicia aplicó por primera vez el artículo 15 de la ley 19.889 y condenó con prisión a dos personas tras dañar y quitarse sus tobilleras electrónicas". Este artículo fue introducido en la ley de urgente consideración (LUC).

Un hombre fue condenado por un caso así en Cerro Largo; se le imputó el delito de desacato. A su vez, una mujer fue imputada por desacato y daño agravado en Maldonado.

En el video se indica que "personal de la Dirección de Monitoreo Electrónico" del Ministerio del Interior "se percató" de la rotura y envió a un equipo a detenerlos. "Ambos fueron detenidos próximo al domicilio de sus exparejas pero la rápida actuación policial evitó que tenga contacto con la víctima", añade la información oficial.

En el mismo video se incluyeron declaraciones del subsecretario del Interior, Guillermo Maciel, quien celebró la aplicación de esta nueva norma, que consiste en "penalizar el retiro o destrucción de una tobillera o pulsera electrónica".

"La Justicia ha fallado aplicando este artículo, que es muy importante para proteger a las víctimas, no tanto por el aspecto material, que también cuenta. Ya hemos tenido muchos antecedentes en el pasado de personas a las que la Justicia disponía ponerse tobillera y se la sacaban o destruían. El costo de reparación oscilaba en los 7.000 dólares. Es buena señal que la Justicia esté aplicando esta norma", concluyó.