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Las trabajadoras del sector doméstico cuentan desde el año 2013 con una prima por presentismo, que se paga dos veces al año junto al aguinaldo.
La primera se abona a todo trabajador del sector que haya tenido asistencia perfecta en el período que se computa para el aguinaldo, en este caso de junio a noviembre de 2025, según informa el Banco de Previsión Social.
El monto correspondiente se determina como la cuarta parte del medio aguinaldo, considerando todos los rubros salariales que se incluyen a los efectos del cálculo de aguinaldo. BPS también apuntó que se trata de una partida de carácter salarial que está gravada por aportes de seguridad social, así como IRPF en caso de corresponder.
Las faltas por los siguientes motivos están justificadas, por lo que no generan la pérdida de la partida:
- Enfermedad con certificación médica ingresada a BPS o BSE.
- Ejercicio del derecho de huelga, decretadas por el PIT-CNT o Sindicato Único de Trabajadoras Domésticas con carácter general.
- Licencia anual reglamentaria.
- Licencias especiales (por estudio, duelo, matrimonio, etc.).
Los empleadores que entiendan que no corresponde el pago de la partida deberán informarlo a BPS entre el 1° de diciembre y el 31 de diciembre.
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