Plantean prohibir nombrar espacios como homenaje a personas vivas y “nada de propaganda”
El colorado Gabriel Gurméndez pide que las denominaciones de edificios y plazas deban ser aprobadas por el Parlamento.
06.05.2026 16:58
Montevideo Portal
El diputado Gabriel Gurméndez (Partido Colorado) presentó un proyecto de Ley para establecer un “régimen general” para “regular la denominación oficial de establecimientos, infraestructuras, inmuebles y espacios en general”.
La iniciativa plantea que los casos de denominaciones “honoríficas” solo “podrán disponerse mediante ley formal aprobada por la Asamblea General”.
En tanto, en su artículo 5, el proyecto propone que no podrán aprobarse en caso de que se configuren algunas de las siguientes situaciones:
- Refieran directa o indirectamente a personas vivas.
- Refieran a personas fallecidas cuando no hayan transcurrido diez años desde la fecha del fallecimiento.
- Constituyan un autohomenaje, exaltación o promoción de autoridades en ejercicio, o de personas que desempeñen cargos electivos o de particular confianza al tiempo de la propuesta.
- Tengan por objeto la adhesión, exaltación o propaganda política o de ideologías partidarias.
- Tengan por objeto símbolos, emblemas, consignas o ideologías partidarias cuando su utilización implique adhesión, exaltación o propaganda de ellas.
- Promuevan discriminación, odio o violencia, o resulten contrarias a los valores democráticos y de derechos humanos que informan el orden constitucional.
A su vez, el articulado señala que los órganos de la administración central, entes, servicios descentralizados, el Poder Judicial u organismos de contralor en ningún caso podrán “asignar, modificar o suprimir denominaciones honoríficas por decreto, resolución, reglamento interno o por cualquier clase de acto administrativo”; y tampoco podrán “instalar señalizaciones, placas, bustos o elementos de identificación institucional que impliquen denominación honorífica sin la previa ley habilitante”.
En su exposición de motivos, Gurméndez señaló que “a pesar del régimen constitucional y legal existente, muchas entidades públicas actúan fuera de él y en el marco de normas meramente reglamentarias o de inferior jerarquía (circulares, decretos, resoluciones, etcétera), realizan homenajes, denominando locales, salas, colonias, establecimientos o espacios públicos con el nombre de alguna persona o entidad, actuando fuera del ámbito de sus competencias. Incluso comprendiendo países, hechos o fechas históricas, símbolos de ideologías”.
Se vuelve relevante y necesario, en este estado de las cosas, establecer un marco claro y concreto que despeje toda duda sobre el procedimiento a seguir para la realización de honores públicos y todo ello dentro del mandato constitucional. Complementariamente, el proyecto busca garantizar que los homenajes tengan una base de consenso ciudadano, fruto de un juicio maduro y no producto de cuestiones coyunturales, emocionales o impulsivas”, agregó.
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