Contenido creado por Martín Otheguy
Política

Esa es la ley primera

Penalista advierte que no se puede decretar cuarentena obligatoria sin una ley

El abogado Gúmer Pérez dijo a Montevideo Portal que la falta de una ley, que debe aprobarse rápidamente, hace que incluso hoy se esté en un "camino sinuoso".

24.03.2020 11:02

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2020-03-24T11:02:00-03:00
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El gobierno no ha decretado aún una cuarentena general obligatoria a causa del coronavirus pero tiene la opción sobre la mesa, que ha sido pedida por el Sindicato Médico del Uruguay, varias sociedades científicas y también parte de la oposición.

Sin embargo, expertos penalistas creen que se debe estudiar la forma en que se hará para que no genere inconvenientes de tipo legal, y que debe hacerse rápidamente.

El penalista Gúmer Pérez dijo a Montevideo Portal que hay varios temas a tener en cuenta desde el punto de vista jurídico, tanto si se decreta la cuarentena como si se emiten ordenanzas que den potestades a la Policía para evitar aglomeraciones, como ya ocurre.

En primer lugar, advirtió que de no hacerlo se puede lograr un efecto sanitario contrario al que se busca. Puso como ejemplo a Argentina, que tiene el triple de imputados por violar la cuarentena que infectados de coronavirus. "¿Qué hacés con esas personas? Si terminan ingresando a un sistema procesal y si se los imputa, ¿las mandás a la cárcel a contagiar a todos y multiplicar la cantidad de infectados?", se preguntó.

Recordó que en Uruguay, la violación a las disposiciones sanitarias emitidas por el MSP y la autoridad gubernamental es un delito (art. 224 del Código Penal) que será agravado si se prueba un grave perjuicio a la economía nacional.

El principal problema, para Pérez, es la forma en que el gobierno deberá decretar la cuarentena. Para el penalista, se debe aprobar una ley que evite que se pisen derechos amparados por la Constitución y que pueden derivar en la presentación de recursos legales o en problemas a la hora de hacer cumplir la cuarentena. "El bloque de derechos humanos consagrados en la Constitución deberá ser protegido por una ley en aras del interés general", apuntó.

Cuestión de pirámide

Para el abogado, hay que armonizar la Constitución, el Código Penal y la Ley Orgánica de Salud Pública. Por ejemplo, el artículo 7, que garantiza el derecho a la libertad y aclara que nadie puede ser privado de estos derechos "sino conforme a las leyes que se establecieren por razones de interés general". O el artículo 12, que dice que "nadie puede ser penado ni confinado sin forma de proceso y sentencia legal". Pérez cita también el artículo 38, que aclara que "queda garantido el derecho de reunión pacífica y sin armas", y que "el ejercicio de este derecho no podrá ser desconocido por ninguna autoridad de la República sino en virtud de una ley, y solamente en cuanto se oponga a la salud, la seguridad y el orden públicos".

"Tienen que sacar una ley y hoy no hay una ley. En la cúspide está la Constitución. Para decretar la cuarentena hay que mirar esto, porque no podés pasar por arriba a estos artículos. Y la ley además hay que hacerla rápido", advirtió.

Para decirlo de otro modo, la cuarentena obligatoria "debe tener rango legal, no ministerial ni por vía de decreto".

Explicó que la falta de una ley hace que incluso hoy los policías actúen bajo una orden que no tiene capacidad suficiente como para que los ciudadanos se sometan a ella. "Se hace sin prescripción legal", dijo. Aclaró que quienes estén en ferias o la rambla o plazas, sin estar contagiadas o con síntomas, pueden argumentar que no infringen ley alguna y que ejercen su derecho a la libertad, negándose a acatar las órdenes.

"¿Bajo qué argumento la Policía puede obligar hoy a las personas que ve en una esquina a retirarse a sus casas?", se preguntó. "Con la ley te evitás un problema. Si alguien la quiere recurrir por inconstitucional, se expedirá luego la Suprema Corte, pero al menos hay una ley en la que se ampara el gobierno", dijo.

"De lo contrario, van a bajar mensajes disonantes", advirtió. Explicó que si bien la Constitución prevé eventos excepcionales que obliguen a suspender algunas garantías constitucionales, "es siempre en virtud de una ley".

"Tenés que meter una ley, no se puede gobernar por decreto y por ordenanzas. Repito: arriba de la pirámide está la Constitución, luego las leyes, luego decretos, y más abajo reglamentos y ordenanzas. No podés mediante una ordenanza del ministro de Salud Pública decretar la cuarentena porque eso es materia de ley", insistió.

Si no hay un "bloque de normas que respete derechos individuales y generales por un interés superior, que es el de la salud de la población", los policías "pueden quedar en la situación de cometer delitos intentando cumplir las ordenanzas de los ministerios".

"Estamos en un camino sinuoso, no derecho. Si no, caés en mensajes contradictorios. Si tenés una familia numerosa, ¿podés salir a la calle o no? Si bajo a la playa con mi perro, ¿puedo? ¿Si hago ejercicio puedo salir, pero si salgo con mi familia no? No está claro, y por eso es necesaria una ley, hay que tener claridad para dar los mensajes", acotó.

"Resumiendo: no por aumentar las penas hasta el cielo se van a solucionar los problemas de la tierra; el bloque de derechos humanos consagrados en la constitución deberá ser protegido por una ley, en aras del interés general; y la cuarentena obligatoria debe tener rango legal, no ministerial ni por vía de decreto", concluyó Pérez