A pocos días de que el proyecto de ley de corresponsabilidad en la crianza se someta a votación en la Cámara de Diputados, la postura desde los legisladores del oficialismo es diversa.

Entre las que han adelantado que no acompañarán la iniciativa se destaca la diputada del Partido Colorado María Eugenia Roselló, que de forma explicita ha rechazado el proyecto a consideración.

En respuesta a una declaración del representante del Partido Nacional Rodrigo Goñi —uno de los principales defensores del proyecto—, la diputada colorada expresó: “Lo que dice Goñi es cierto. La evidencia científica dice que mantener vínculos con ambos padres es lo mejor, salvo, cuando hay riesgo de vida. El proyecto que impulsa pretende revisar las MC (medidas cautelares). Se está queriendo reformar el Código General del Proceso en cuanto a las reglas de la impugnación de los fallos judiciales. Y ello con relación a un instituto tan fundamental como lo son las medidas cautelares, cuya razón es la protección”.

“Hemos planteado incluir un agravante al delito de simulación incluido en el artículo 179 bis del Código Penal para desalentar las denuncias falsas y nos dijeron no. Por otro lado, generamos otro instrumento y no damos más recursos al Poder Judicial. Sobrecargar al sistema hará que siga siendo ineficiente. Ninguna ley puede eliminar la perversidad humana. Le estamos errando como legisladores. No quisieron dialogar, no escucharon a los que saben. Nos estamos equivocando. Sociedad científica, Cátedra de Psiquiatría Pediátrica, defensores de oficio, Unicef, Inddhh: ¿Todos son de izquierda? ¿Todos quieren lo peor para los niños, niñas y adolescentes? ¿Son responsables de la violencia?”, argumentó Roselló, en respuesta a Goñi.

En tanto, la diputada de Cabildo Abierto Inés Monzillo respondió a la legisladora colorada y defendió puntualmente el artículo cuarto del proyecto, el más criticado por colectivos sociales, Unicef y también por la Institución Nacional de Derechos Humanos (Inddhh).

“Si se lee el proyecto el artículo 4° b es para los casos en que las medidas cautelares fueron dispuestas de un progenitor contra el otro. Y ahí se establece que el juez deberá ver que hace con la tenencia. No refiere al caso de que las medidas cautelares hayan sido contra el padre respecto al hijo, porque en tal caso ya está establecido el régimen. Y hay casos de violencia como la psicológica o económica que no necesariamente justifican la desvinculación con los niños”, señaló Monzillo.

El artículo 4° del proyecto establece una modificación en el Código de la Niñez y la Adolescencia en lo referido al régimen de tenencia.

“En el caso de adoptarse medidas cautelares a raíz de una denuncia formulada por parte de un progenitor contra el otro, el juez, manteniendo en todo tiempo las garantías del debido proceso y el principio de inocencia, evaluará bajo su más seria responsabilidad funcional la necesidad o no de modificación del régimen de tenencia y su ejercicio. El juez únicamente suspenderá el régimen de visitas vigente en el caso en que se encuentre en riesgo el interés superior del niño o adolescente. En tal caso, dicha suspensión será transitoria y sujeta a revisión periódica”, señala el inciso segundo.

Por su parte, en el tercero se agrega que “en el supuesto de haberse decretado la aplicación de medidas cautelares, deberá respetarse el derecho a las visitas de los niños y adolescentes y del denunciado, toda vez que a juicio del juez sean acordes al interés superior del niño o adolescente”

“De considerarse necesario, en las modalidades que garanticen el interés superior de éstos, como ser a título enunciativo: que las visitas sean en lugares públicos, en presencia de familiares del niño o adolescente, en reparticiones estatales adecuadas, o de cualquier otra forma que a criterio del juez garantice la protección de la integridad física y emocional de los niños y adolescentes, y disponiendo el régimen de seguimiento periódico necesario", se añade en el artículo.

El proyecto de ley será sometido a votación en Diputados el próximo martes 11 de abril.