Contenido creado por Martín Otheguy
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Tarjeta amarilla

Nuevas disposiciones para compras por Internet

A partir del 1.° de enero rige el nuevo sistema de compras por Internet, según decreto firmado esta semana. Repasamos las modificaciones principales.

11.12.2014 09:36

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2014-12-11T09:36:00-03:00
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El aumento de las compras por Internet en el último año y las repetidas quejas de comerciantes locales por "competencia desleal" llevaron al gobierno a hacer efectivos los anunciados cambios en el sistema de compras por Internet.

"Es necesario adecuar las referidas disposiciones atento a los diversos instrumentos de facilitación del comercio", dice el decreto firmado este 9 de diciembre, que regula estos cambios.

La modificación se realiza "para evitar alteraciones sustantivas en las condiciones de competencia para los sectores de producción y comercio nacionales".

Hasta ahora, Aduanas permitía cinco compras por año de hasta 200 dólares por persona, además de exonerar cualquier impuesto en las compras menores a 50 dólares. De acuerdo a las modificaciones establecidas en el decreto, ahora se permitirán sólo cinco compras al año incluyendo aquellas de menos de 50 dólares (generalmente de productos que llegaban de China y que tenían poco control hasta ahora). Además, las cinco encomiendas deben ser recibidas por la "misma persona física mayor de edad" y el pago "deberá realizarse mediante el uso de la tarjeta de crédito o débito internacional cuya titularidad coincida con el titular de la compra y con el destinatario de la encomienda".

Es decir, cada comprador deberá tener su propia tarjeta de crédito o débito internacional para abonar las compras (no se podrá hacerlo a través de una red de pagos, como ofrecían los servicios de courier, ni usar la tarjeta de otro, aunque viva en el mismo hogar).

En el caso de libros o medicamentos de uso personal no hay límite de cantidad de compras por año.

"El valor de la mercadería será el que surja de la factura original de compra", indica el decreto, y el valor para la aduana incluirá los costos de flete y seguro hasta llegar al territorio nacional. La encomienda deberá ser "acompañada por la documentación que acredite el valor de la mercadería", lo que intenta evitar los "arreglos" para declarar un valor menor al de los productos y evitar así los impuestos.

También se exige a los operadores postales que suelen encargarse de estas transacciones a proporcionar toda la información necesaria para la fiscalización de Aduanas, lo que incluye la fecha de ingreso de la encomienda, el número de operación identificado en el manifiesto de carga, la aclaración de si es un envío de entrega expresa (los realizados por los couriers), la cédula de identidad del titular de la encomienda, el nombre completo del titular de la encomienda y del medio de pago, el domicilio del titular de la encomienda, la descripción de la mercadería, el valor de compra en dólares de la misma en el exterior, el costo en dólares del seguro y el flete, el valor total en aduana en dólares de la encomienda, el país donde se origina la misma, el peso bruto en kilos, la especificación del tipo de tarjeta del titular, el emisor de la tarjeta y los cuatro últimos dígitos de la tarjeta de crédito o débito del titular.

Los operadores postales tienen tiempo hasta el 30 de junio del 2015 para incluir en las encomiendas toda la información sobre los datos de la tarjeta de crédito del comprador.

Documentos asociados:

decreto_internet.pdf -