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Montevideo autorizó venta fraccionada de alimentos por 180 días en pequeñas superficies

La Intendencia de Montevideo y Cambadu acordaron permitir el fraccionamiento en puntos de venta minorista del departamento.

19.04.2022 17:18

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2022-04-19T17:18:00-03:00
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La Intendencia de Montevideo (IM) y el Centro de Almaceneros Minoristas, Baristas, Autoservicistas y Afines del Uruguay (Cambadu) acordaron permitir el fraccionado de alimentos por 180 días en pequeños establecimientos.

El prosecretario general de la comuna, Daniel González, informó en rueda de prensa que “el fraccionamiento de alimentos se va a permitir en locales de menor o igual tamaño de 100 metros cuadrados”.

“El fraccionamiento se tiene que hacer a la vista del público, le vamos a dar facilidades a la industria para que pueda empaquetar con mayor cantidad. Por ejemplo, si hoy se empaqueta de uno o tres kilos y se quiere empaquetar de cinco o 15 kilos tiene que pagar extra, la intendencia va a exonerar ese costo para que se pueda empaquetar más grande y eso facilite el fraccionamiento”, agregó.

González sostuvo que una de las preocupaciones es “que el fraccionamiento no aumente el costo” y con esta medida entienden que van a “paliar eso”.

Se podrán fraccionar productos poco perecederos que se encuentren habilitados por el Servicio de Regulación Alimentaria de la IM, lo que implica que tienen asegurada la calidad higiénico – sanitaria.

No se podrá fraccionar manteca, margarina, ricotta, crema de leche, pastas frescas rellenas y conservas de tomate, leche en polvo, especias, miel, sal, azúcar industrial, queso rallado, conservas, alimentos congelados y aceites de oliva.

Se permitirá ampliar el rango de empaquetado a los productos que ya estén registrados a envases de 5 a 20 kg, sin que esto implique un nuevo registro o un nuevo pago de tasa.

Otra de las medidas adoptadas por la comuna es la implementación de un “nuevo certificado de manipulación de alimentos que se realiza 100% vía web y no tiene costo”.

Finalizado los 180 días de esta habilitación se realizará una reunión de evaluación de la medida entre la Unidad de Promoción e Integración del Comercio Alimentario, las diversas áreas de la intendencia y la sociedad civil organizada para determinar su continuidad, cese o acciones alternativas en función del contexto socioeconómico.

Por otro lado, la intendencia informó que otra de las medidas “para favorecer la actividad comercial en comercios del rubro alimenticio es la bonificación de hasta 100% del pago de la Tasa Bromatológica (artículo 31, decreto N° 32.265) por concepto de habilitación de la empresa, habilitación y registro de alimentos a las que tengan su planta elaboradora en un departamento del país que no sea Montevideo y cuenten con la habilitación de registro del producto en el departamento de origen”.


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