La Intendencia de Maldonado emitió un decreto que regula la celebración de "fiestas privadas" en chacras, predios rurales o casas particulares en el departamento.

El decreto define como una fiesta privada a la que "se desarrolle en locales, chacras, predios rurales o casa-habitación que albergue a más de 50 personas", sin importar el ingreso es gratuito o pago o si se realiza en forma aislada o habitual.

La nueva normativa obliga a los organizadores de las fiestas a solicitar la autorización ante la Intendencia de Maldonado "con una antelación no menor a 10 días hábiles a la fecha del evento". Para el trámite, los organizadores deberán certificar la propiedad o el arrendamiento del inmueble en el que se realizará la fiesta, asegurar la contratación de baños químicos, empresa de seguridad, emergencia móvil y un servicio de limpieza.

En caso de que haya expendio de alimentos, los funcionarios que lo hagan tendrán que contar con el carné de salud y de manipulación de alimentos vigente.

La fiesta también deberá tener la autorización de la Jefatura de Policía, la Dirección Nacional de Bomberos y de la Policía de Tránsito.

El decreto aclara que los organizadores deberán completar el trámite de autorización antes de "toda difusión pública por cualquier medio" y antes de "toda obra de infraestructura a desarrollarse en el inmueble".

En caso de que se constate que una fiesta se está desarrollando sin autorización, la comuna procederá a su "clausura inmediata", colocando en el lugar una "faja de clausura". El texto del decreto señala expresamente que para la clausura "podrá recurrirse al auxilio de la fuerza pública" y que "la desobediencia a la clausura por parte de particulares ameritará la inmediata presentación de la correspondiente denuncia penal por desacato".

La clausura no podrá extenderse más de 48 horas o cinco días en caso de reincidencia. De todas maneras, toda clausura irá acompañada por el cobro de una multa.

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