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Mahía sobre caso de menonitas en Florida: “El Estado laico es una garantía para todos”

El Tribunal de Apelaciones falló a favor de los padres de los niños que habían sido denunciados por ANEP por “vulnerar” derecho de niños.

01.08.2025 18:28

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2025-08-01T18:28:00-03:00
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El ministro de Educación y Cultura, José Carlos Mahía, se refirió al fallo del Tribunal de Apelaciones de Familia de 2º turno a favor de los padres de la comunidad menonita de Florida y su decisión de no enviar a sus hijos a la escuela y educarlos desde su casa, que había sido recurrida por la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP).

El jerarca afirmó que “hay que respetar los fallos judiciales”. “Está en la ANEP decidir si mantiene la idea o no de seguir con el trámite judicial. Yo, personalmente, considero que el Estado laico es una garantía para todos y que hace a que cada uno pueda ejercer su derecho privado y personal a la religión que fuera. Pero hay que abstenerse a los fallos judiciales. Será ANEP, en el marco de su economía, quien determine si dará más pasos o no”, expresó Mahía en rueda de prensa consignada por Subrayado.

La ANEP podría recurrir a una recusación del fallo del Tribunal de Apelaciones, ya que no hubo unanimidad en la votación.

En marzo de este año, la Justicia archivó la denuncia presentada por el Consejo Directivo Central (Codicen) de la ANEP en 2024 por este caso por el que advertían una presunta vulneración en su derecho a la enseñanza al no asistir a ningún centro educativo en Uruguay.

No se visualizan derechos vulnerados de los niños, niñas y adolescentes que conforman la comunidad menonita, por lo que no corresponde adoptar medidas de protección”, sostuvo la resolución judicial a la que accedió Montevideo Portal.

La resolución alude a un análisis de la situación a través de informes del INAU, así como informes de ANEP, de docentes y de los padres de los niños.

El dictamen también señala que “los niños que integran esta comunidad reciben educación de manera virtual por docentes de un colegio extranjero, y al mismo tiempo asisten a una escuela de la comunidad”. “Es decir, educación reciben: una que es propia de su sistema de creencias y religión. El principio de obligatoriedad no refiere a la inscripción de los niños en centros de enseñanza uruguayos, sino a que reciban educación inicial, primaria y media”, agrega el texto.

Otro pasaje de la resolución afirma que “la educación de estos niños, niñas y adolescentes se relaciona directamente con dogmas religiosos que son pilares estructurales de su forma de vivir, relacionarse, actuar y pensar”. “Y, tal como manifestó su defensora, se los visualiza felices en su entorno, alegres, expresándose de manera clara y libre respecto a sus sentimientos”, sostiene.

Además, apunta al carácter laico del país y a la posibilidad de que organizaciones de índole religiosa o filosófica “puedan impartir educación promoviendo de esta forma la libertad de los educandos”.