MEF abre llamado laboral con sueldo de $60 mil y bajos requisitos para administrativo
El Estado busca cubrir 12 puestos para tareas de archivar información y atender solicitudes.
28.05.2026 17:28
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) abrió un llamado laboral mediante concurso público y abierto de oposición y méritos para cubrir puestos administrativos.
Las 12 vacantes disponibles se distribuyen entre la Dirección General de Secretaría del MEF (6 puestos) y la Contaduría General de la Nación (6 puestos). El trabajo es presencial en Montevideo.
El cargo ofrece una remuneración de $60.980 nominales a valores de enero de 2026, con una carga horaria de 40 horas semanales. La designación inicial es por 12 meses en carácter provisorio; transcurrido ese plazo y previa evaluación, la persona queda designada de forma definitiva en el cargo presupuestal correspondiente.
El plazo de inscripción está vigente hasta el 15 de junio.
Las tareas incluyen procesar y archivar información en sistemas de gestión, elaborar informes y reportes, atender solicitudes internas y externas, y realizar tareas vinculadas a la liquidación de haberes, entre otras actividades administrativas, contables, financieras y de recursos humanos.
Para inscribirse hay que ingresar a Uruguay Concursa, registrarse como usuario y completar el formulario de postulación dentro del período habilitado.
Requisitos excluyentes
- Bachillerato completo de la Dirección General de Educación Secundaria o su equivalente de la Dirección General de Educación Técnico Profesional (UTU).
- Experiencia igual a 1 (un) año en el ámbito público y/o privado relacionada con el propósito del cargo y a las principales actividades descriptas en el perfil.
- Para Personas Trans: acreditar haber realizado o iniciado el proceso de adecuación de nombre o sexo en documentos identificatorios, o haber solicitado la Tarjeta Uruguay Social Trans. (artículo 19º del decreto nº104/019 de 29 de abril de 2019).
No pueden postularse quienes tengan otro vínculo vigente con la Administración Pública que no admita acumulación, ni quienes cobren pasividad o retiro de origen público, salvo que suspendan su percepción o una norma lo habilite expresamente.
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